QUÉ HACER / VÍCTIMAS
¡Denuncia!
¿ESTÁS DECIDIDA A DENUNCIAR A TU
AGRESOR? Puedes acudir o llamar a cualquier Comisaría de Policía
(091), Cuartel de la Guardia Civil
(062) o Juzgado de Guardia. Si no puedes desplazarte por ti misma,
ellos acudirán adonde estés para ayudarte. ¿Quién
puede poner la denuncia? Cualquier persona, ya sea la víctima o
algún familiar, amigo o vecino que conozca la situación.
¿Qué tengo que hacer? Asegúrate
de que la denuncia recoge todo lo que quieres contar. Haz un relato preciso y
claro de lo ocurrido, sin omitir ningún detalle. Léela antes de
firmarla y pide que se incluya todo lo que creas importante. Conserva siempre
una copia. ¿Y si no me hacen caso?
Si te parece que los funcionarios que te atienden no son respetuosos y comprensivos,
pide hablar con sus superiores. ¿Qué
datos son importantes? La denuncia debe recoger: datos identificativos
de denunciante y denunciado, descripción de los hechos, datos de testigos,
lesiones sufridas, asistencia médica, situación familiar, situación
económica y antecedentes de maltrato. Si se realiza un atestado en el lugar
de la agresión, asegúrate de que la policía registra todos
los datos de daños físicos y materiales. ¿Y
si decido abandonar el domicilio familiar? Los expertos consideran que,
tras denunciar, puede ser peligroso seguir compartiendo
la misma casa con el agresor. Traza un plan que te permita refugiarte en
casa de algún amigo o familiar. En algunas comunidades autónomas
existen servicios de urgencia que permiten acoger
a las víctimas unos días mientras se solucionan los trámites
necesarios para su entrada en una casa de acogida. Comunica a las fuerzas de
seguridad una nueva dirección donde puedas recoger las notificaciones del
juzgado. Tienes derecho a que tu nueva dirección sea secreta.
¡Tengo miedo a nuevos ataques! Puedes solicitar
una orden de protección que, en un plazo máximo de 72
horas, activará medidas cautelares contra el agresor -como prohibirle que
se acerque a ti y a tus hijos- y te permitirá recibir asistencia social
y económica. ¿Quién me debe
atender? Exige ser atendida por personal especializado:
Servicio de Atención a la Familia (SAF) en el caso de la Policía
Nacional; y Especialistas en Mujer- Menor (EMUME) de la Guardia Civil.
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INFORMACIÓN: Direcciones y teléfonos
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