Portada de EL NAVEGANTE elmundo.es
Portada
Weblog|Retiario
Empresas
E-Sociedad
Seguridad
Software libre
Juegos
Cultura
Gráficos
Entrevistas
Personajes
Libros
Pasatiempos
Agenda
La Imagen


elmundo.es
Portada
España
Internacional
Economía
Sociedad
Comunicación
Solidaridad
Cultura
Ciencia/Ecología
Madrid24horas
Obituarios
DEPORTES

SALUD

MOTOR
Metrópoli
Especiales
Encuentros

 Miércoles, 16 de Marzo de 2005 Diario del Navegante | Ariadna 
Buscar en
Atrás Adelante enviar imprimir
 
E-SOCIEDAD
 
     
 

PORNOGRAFÍA EN INTERNET
El Defensor del Pueblo pide medidas para limitar el anonimato en la Red

Solicita que los proveedores guarden los datos de tráfico de los usuarios durante un año y considera necesario que los usuarios de 'chat' IRC se identifiquen, así como los que acceden a lugares públicos de acceso a la Red

EUROPA PRESS

MADRID.- El Defensor del Pueblo ha pedido al Gobierno que obligue a los proveedores españoles de servicios de Internet a retener durante al menos un año los datos de conexión y tráfico generados por las comunicaciones de sus usuarios, para facilitar así la investigación frente a delitos de pornografía infantil. Esta petición se suma a una propuesta similar de los ministros del Interior de España, Francia, Reino Unido, Alemania e Italia para emplearlos en investigaciones antiterroristas.

En una recomendación remitida al ministro de Industria, Turismo y Comercio, José Montilla, el Defensor del Pueblo advierte sobre la situación de la pornografía infantil en la Red, ya que debido al carácter transnacional de Internet y su complejidad técnica —que facilita el anonimato—, "lamentablemente puede hablarse de un delito impune".

Sobre esa base pide al Gobierno una serie de medidas que contribuyan a identificar a las personas que se sirven de la Red para intercambiar material pedófilo. En concreto, pide que en el desarrollo reglamentario del artículo 12 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), que entró en vigor en octubre de 2002, los ISP tengan que guardar los datos de conexión y tráfico de los internautas para "facilitar las investigaciones".

El problema es que el citado artículo fue uno de los más polémicos de la 'Ley de Internet' y generó una enorme controversia sobre los efectos que podría provocar sobre la salud financiera de las compañías y la privacidad de las comunicaciones de los usuarios. Esta problemática explica en parte que, en los últimos tres años y medio, ni el anterior ni el actual Gobierno hayan elaborado el reglamento para regular este aspecto.

'Gran utilidad'

Por contra, el Defensor defiende que este artículo puede ser de "gran utilidad" para luchar contra la pornografía infantil en la Red y considera que un año es el "periodo mínimo" que debería imponerse. En cambio, el artículo 12 de la LSSI dice que los operadores tendrán que retener los datos "por un periodo máximo de doce meses", límite que el anterior Ejecutivo consideró, en su momento, que podría rebajarse a seis meses.

Asimismo, la institución encabezada por Enrique Múgica pide que el futuro desarrollo reglamentario de la ley recoja que la entrega de esos datos a los Cuerpos y Seguridad del Estado "se efectúe cuando éstos actúen en cumplimiento de las funciones de carácter preventivo que legalmente tienen asignadas, sin que sea necesario en todos los casos que actúen en funciones de policía judicial".

Canales privados de 'chat'

En la misma línea exige que "se incluya la obligación de identificar al usuario de las redes IRC" —sistema de conversación multi-usuario, donde la gente se encuentra en canales para hablar en grupos o privadamente— por parte del proveedor de servicios, "haciendo recaer sobre ellos la obligación de comunicar" a los Cuerpos de Seguridad "la existencia de cualquier contenido de carácter delictivo que detecten en sus servidores".

También defiende que estos prestadores dispongan de "al menos" un registro de comunidades, grupos o páginas que se creen o alojen en sus espacios gratuitos.

Además, aboga por que "todos aquellos establecimientos denominados 'cibercafés' o 'cibercentros' lleven un control de los usuarios" que usan sus servicios, "registrando al efecto el DNI de la persona que utiliza el puesto de acceso a Internet, y la franja horaria que utilizó".

Por otro lado, la recomendación incluye que Industria impulse en el ámbito europeo y foros internacionales la armonización de las legislaciones penales; promueva la creación de una red europea de líneas directas; fomente la autorregulación; y regule las características y el uso que debe darse a todos aquellos sistemas y mecanismos que pueden utilizarse para guardar el anonimato.

El Defensor del Pueblo inició su investigación como consecuencia de la queja recibida en agosto de 2003 por parte de la asociación de defensa de los derechos de los niños Prodeni.

Recursos para los cuerpos de seguridad

Por último, la institución también ha solicitado al Ministerio del Interior que "dote debidamente" a las unidades que se encargan de la investigación de los delitos relacionados con la pornografía infantil en Internet, "facilitando para ello los medios técnicos y la formación adecuada a los funcionarios policiales para que se puedan hacer frente de manera efectiva a las potencialidades" de la actividad delictiva mediante Internet.

"Aunque durante los últimos meses se ha producido una evidente mejoría en la lucha contra esta clase de delitos, la situación no permite ningún tipo de relajación, y es preciso una constante supervisión y vigilancia ya que los avances tecnológicos crean de manera inmediata nuevas aplicaciones para seguir cometiendo delitos", resumió el Defensor del Pueblo.

 
     
 
 



© Mundinteractivos, S.A.
Política de privacidad