EL MUNDO / Domingo 23 de Junio de 2002 / Número 133
 

romboCOYUNTURA

 

El recorte de la ‘golden share’ no traerá fusiones indeseadas
Recientes sentencias han limitado la aplicación de la acción de oro o el veto gubernamental a la entrada de capital extranjero en sectores estratégicos

DAVID GONZÁLEZ

  Rodrigo Rato, ministro de Economía, durante una sesión en el Congreso de los Diputados.

Tres sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión sobre Portugal, Francia y Bélgica han oxidado la acción de oro (golden share) o veto gubernamental de entrada al capital extranjero en sectores considerados estratégicos.

El síndrome del rey Midas, con el que estos países salvaguardaban a los antiguos monopolios estatales, parece que se curará con tratamiento jurisprudencial, pero tampoco propiciará príncipes no deseados en servicios de interés general. En España, la acción de oro del Ministerio de Economía sigue aún vigente en Telefónica, Endesa, Repsol-YPF, Indra o Iberia.

Los analistas consultados descartan que la nueva jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo sea el detonante de operaciones corporativas hostiles sobre estas multinacionales españolas. Su presencia internacional, la actual debilidad de los mercados bursátiles y el esfuerzo financiero que representaría para el comprador aparecen como los principales escudos protectores.

Los expertos creen que el dictamen sobre la golden share simplemente obligará a modificar las leyes nacionales hacia la doctrina comunitaria trazada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta máxima autoridad judicial emitió tres sentencias sobre las legislaciones de Francia, Portugal y Bélgica de desigual impacto.

En el caso portugués y francés, se condenó el derecho al veto gubernamental sobre el sector financiero y el energético. Ambas legislaciones nacionales impedían de forma discriminatoria la libre circulación de capital extranjero. La normativa de Francia bloquea la entrada de una empresa foránea en otra doméstica sin previo consentimiento administrativo y presenta vacíos legales. Portugal no sólo obliga a un peaje administrativo al capital extranjero, sino que, además, diferencia de forma ilegal entre portugueses y el resto de europeos.

Sin asaltos por sorpresa
En el caso belga, la sentencia es más benévola. Según los jueces comunitarios, Bélgica puede impedir ciertas decisiones empresariales cuando afecten al interés general, porque su ordenamiento jurídico delimita el plazo y las oportunas reclamaciones de los implicados en una fusión transnacional.

A la espera de dictámenes sobre la acción de oro de España o el Reino Unido, la pregunta que asalta al inversor español es si esta jurisprudencia puede allanar el camino a operaciones hostiles contra las empresas españolas con golden share.

Entre los sectores de importancia estratégica para España aparece el eléctrico, con el blindaje estatal sobre el capital de Endesa. “La Unión Europea no eliminará completamente la acción de oro, puesto que este mecanismo incluso se aplica en Estados Unidos. En el hipotético caso de que la jurisprudencia avance hasta suprimir este veto estatal, tampoco generaría movimientos corporativos en el sector eléctrico español”, explica Antonio Castell, de Safei.

Este analista afirma que existen otros mecanismos de defensa contra operaciones hostiles, como el blindaje estatutario de limitar los derechos de voto en los consejos de administración. Castell asegura que la denominada triple sentencia golden share fue plana, puesto que la UE admite que los Estados ejerzan cierto poder en sectores estratégicos, pero dentro de un marco jurídico estable y no discriminatorio, como era el caso francés o el portugués.

Del castigo a la normativa portuguesa podrían beneficiarse las entidades financieras españolas con apetito de degustar a sus rivales sitos en la desembocadura del río Tajo. “SCH ya ha declarado que Portugal presenta oportunidades de ampliar negocio”, indica Javier Bernat, de Caja Madrid Bolsa. Sin embargo, este experto descarta un asalto por sorpresa al estilo ejecutado por el Santander en la operación Champalimaud. “Las tomas de contacto serían consensuadas con el Gobierno luso”, opina Bernat.

En otro movimiento, que, de producirse, tendría al sector de telecomunicaciones como nicho de fusiones indeseadas, surge Telefónica, algo que también excluye María Rotondo, de SCH Bolsa. Las fusiones o alianzas entre telecos europeas parecen por ahora inviables. “Da igual que exista o no acción de oro. Las grandes operadoras continentales, como Deutsche Telekom (43%), France Télécom (32%) o las holandesa KPN (55%), cuentan con participación pública, algo que no estaría bien visto por los Estados de futuros socios comerciales, como ya le ocurrió a Telefónica con la holandesa KPN (con el 55% del capital en manos del Gobierno)”, señala Rotondo.

Esta analista sólo ve un posible catalizador de una fusión entre operadoras si Alemania permitiera alianzas para que las telecos compartieran una misma licencia de telefonía multimedia UMTS en el país germano.

Otro de los sectores vetados por los gobiernos comunitarios es el aéreo. Fuentes de un banco de inversión extranjero consideran que Iberia tampoco sería fruto del deseo de otra rival a través de un Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA). “Ningún Estado daría su venia a otro para quedarse con una aerolínea de bandera. El transporte aéreo y los permisos de rutas comerciales no son negociables”, argumentan desde esta entidad financiera.

En la UE, ocho Estados miembros, incluida España, disponen de legislación que les permite ejercer el derecho de veto sobre compañías anteriormente privatizadas: Francia, Portugal, Bélgica, Dinamarca, Italia, Holanda y Reino Unido. En España, la Ley 5/1995, de 23 de marzo de 1995, marca los límites de actuación de empresas dedicadas a servicios públicos esenciales, pero con un pasado estatal. Estas deben solicitar una autorización previa del Consejo de Ministros para disolverse, fusionarse, enajenar activos o realizar un cambio de actividad.

Este permiso se extiende a la adquisición de cualquier inversor (foráneo o nacional), de más del 10% del capital social. Los expertos afirman que la derogación o modificación por parte del Ejecutivo de esta normativa, apenas cambiaría el mapamundi de los sectores controlados por la acción de oro.

Un gestor de fondos de un banco americano adelanta que si un gigante continental deseara entrar en cualquiera de los sectores blindados por la golden share podría “caminar por otros atajos”. La ruta sugerida sería buscar alianzas con Cepsa, Unión Fenosa, Iberdrola, Jazztel o Air Europa.






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