Los Otros Gastos de Comprar un Piso
Los trámites burocráticos, impuestos
y comisiones incrementan el precio final en un diez
por ciento
Por Isabel Martín
Si ya de por sí es caro comprarse un piso, sumar
al precio de la vivienda todos los gastos que implica
la compra hace aún más costoso el ser
propietario de una casa. Para que no le coja por sorpresa
este desembolso adicional, conozca paso a paso todos
los pagos que tendrá que hacer y que incrementan
aproximadamente un 10% el desembolso de la compra.
Y para que le resulte más sencillo, le ponemos
un ejemplo concreto: una vivienda comprada a una inmobiliaria
por dieciocho millones de pesetas, para la que se ha
pedido un crédito de trece millones.
Tras asegurarse de que el piso no tiene cargas pendientes,
los primeros gastos vendrán con la compra propiamente
dicha y los impuestos que ésta conlleva: el
IVA y los Actos Jurídicos Documentados -este
impuesto se paga también si se solicita un préstamo-.
Esto le supondrá la cantidad, ya para empezar,
de 1.466.350 pesetas. Si el piso lo comprara, en cambio,
a un particular, tendría que pagar las Transmisiones
Patrimoniales.
El notario es la segunda partida importante de gastos,
ya que entre escriturar la vivienda y el préstamo,
hacer copias de estos documentos y pagar el papel timbrado
y la mano de obra, deberá abonar 111.737 pesetas.
Tras el trabajo del notario hay que cotizar las labores
del gestor, que se encargará de llevar las escrituras
a Hacienda, junto con las copias y los impuestos correspondientes,
e inscribirlas en el Registro de la Propiedad; 40.600
pesetas pagará por este trabajo. Tenga en cuenta
que aunque estos trámites los puede hacer uno
mismo, es frecuente que los bancos impongan su gestor
cuando se solicita un crédito.
No hay que olvidarse tampoco del Registro, donde inscribir
la vivienda, así como el préstamo, y
realizar otras formalidades también tiene su
precio: 54.691 pesetas.
Y si, como será lo más seguro, ha tenido
que solicitar un crédito para poder comprar
su vivienda, tampoco olvide que este sencillo acto
tiene sus gastos: desde pagar el certificado de dominio
y cargas, y la tasación que le hará el
banco de su futuro domicilio a pagar la comisión
de apertura del préstamo y contratar los seguros
que la entidad financiera pueda exigirle; en algunos
casos uno de vida y casi siempre uno de incendios.
Todo ello por la bonita cifra de 281.460 pesetas.
En total, todos los gastos de compra de su vivienda
le acarrearán un desembolso de 1.954.838 pesetas,
lo que sumado al precio del piso harán que pague
por él casi veinte millones. Y si aún
le queda alguna duda, a continuación le detallamos
completamente especificados todos los pagos que tendrá
que realizar.
Precio vivienda 18.000.000 + Gastos tramitación
1.954.838= Desembolso total: 19.954.838 Pts.
Las cargas.
La primera cuestión a tener en cuenta son las
cargas, y las hay de todo tipo.
- Si ha localizado ya el piso de sus sueños y
está decidido a comprarlo, conviene que antes
acuda al Registro de la Propiedad y pida una nota simple
de la vivienda para comprobar que está libre
de cargas. Pagará por este papel 575 pesetas,
IVA incluido.
- Todo está en orden y llega el momento de la
compra, y con ella el pago de los impuestos. Si la
adquisición se hace a una empresa, tendrá
que abonar el 7% de IVA y un 0,5% en concepto de Actos
Jurídicos Documentados, ambos impuestos aplicados
sobre el valor del piso. Si compra la casa a un particular,
deberá pagar el 6% de su precio por el concepto
de Transmisiones Patrimoniales.
- Lo más seguro es que para poder adquirir el
piso tenga que solicitar un crédito. En este
caso deberá abonar también, e independientemente
de a quién lo compre, el 0,5% de la base liquidable
del préstamo por Actos Jurídicos Documentados.
La base liquidable de un crédito se calcula
teniendo en cuenta el préstamo principal, los
intereses, las costas y los gastos.
- No olvide que el IVA se paga en el momento de la compra,
mientras que los otros impuestos se abonan en el momento
de escriturar.
El notario.
El notario es una figura fundamental en el proceso de
compra de una vivienda. Sus tarifas son importantes,
pero el notario también está obligado
a ayudarle y a aconsejarle en materia legal.
- Ya ha comprado su casa y ahora hay que escriturarla,
para lo que tendrá que acudir a un notario.
Las tarifas que estos profesionales cobran por realizar
las escrituras de una vivienda están reguladas
oficialmente y su cuantía varía en función
del precio del piso. Así, cuando no supera el
millón de pesetas, se cobran 15.000 pesetas;
por el exceso comprendido entre uno y cinco millones,
el 4,5 por mil; por el exceso comprendido entre cinco
y diez millones, el 1,5 por mil; por el exceso comprendido
entre diez y veinticinco millones, el 1 por mil; por
el exceso comprendido entre veinticinco y cien millones,
el 0,5 por mil; y por lo que exceda de cien millones,
el 0,3 por mil. Tenga en cuenta que a estas tarifas
tendrá que añadirles el 16% de IVA y
que se trata de tramos que se van sumando. Un ejemplo:
escriturar un piso de veinte millones costará
15.000 pesetas más el 4,5 por mil de cuatro
millones, el 1,50 por mil de cinco millones y el 1
por mil de diez millones.
- Asimismo, si ha solicitado un crédito hipotecario
tendrá que escriturarlo. Las tarifas siguen
la misma escala que para la vivienda, pero se aplican
sobre la base liquidable del préstamo, no llevan
IVA y se reducen en un 25%.
- Los gastos de notaría no acaban aquí,
ya que también tendrá que hacer copias
de las escrituras: una autorizada para Hacienda y dos
simples de las escrituras de la vivienda -para Hacienda
y para el ayuntamiento, ésta última en
el caso de que sea el comprador quien pague la plusvalía-
y una autorizada y una simple de las escrituras del
crédito.
El precio de las copias autorizadas es de 500 pesetas
por folio, 250 a partir del folio doce, y el de las
simples 100 pesetas por folio. Añadiendo, cómo
no, el IVA, salvo en las copias de los préstamos.
- Además, tendrá que pagar en la notaría
el papel timbrado que se utiliza para las escrituras
(25 pesetas por folio) y los folios, concepto que abarca
el trabajo de redactar las escrituras y que se cobra
a partir del quinto folio a 500 pesetas la cara escrita.
También en estas dos partidas deberá
añadir el IVA, excepto cuando se trata de préstamos.
El gestor.
Aunque cueste dinero, la gestoría soluciona muchos
problemas y nos evita pérdidas de tiempo.
- Una vez hechas las escrituras, hay que llevarlas a
Hacienda junto con las copias y los impuestos correspondientes,
e inscribirlas en el Registro de la Propiedad. Estos
trámites los puede hacer uno mismo o bien encargárselos
a un gestor. Las tarifas de los gestores tienen unos
honorarios mínimos, que varían en función
de factores como el valor del piso o si se ha solicitado
un crédito o no, y a partir de ellos cada uno
cobra lo que quiere. Como ejemplo, para una vivienda
comprada por dieciocho millones de pesetas, y para
la que se ha pedido un crédito de trece millones,
un gestor cobrará una media de 35.000 pesetas
más IVA; ó 28.000 pesetas si el piso
ha costado trece millones y medio y se ha adquirido
con un crédito de diez millones.
Tenga en cuenta que cuando se solicita un préstamo
es frecuente que el banco imponga su propio gestor,
de forma que el cliente no puede elegir. La razón
es que para que una hipoteca se pueda ejecutar hay
que inscribirla previamente y por ello las entidades
financieras prefieren estar seguras de que se realiza
este trámite.
El registro.
Para que el piso figure a su nombre, hay que registrarlo
oficialmente.
- Inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad
tiene un coste, de acuerdo con unas tarifas que están
reguladas oficialmente y que varían según
el precio del piso. Así, por un valor inferior
a un millón de pesetas, se cobran 4.000 pesetas;
por el exceso comprendido entre uno y cinco millones,
el 1,75 por mil; por el exceso comprendido entre cinco
y diez millones, el 1,25 por mil; por el exceso comprendido
entre diez y veinticinco millones, el 0,75 por mil;
por el exceso comprendido entre veinticinco y cien
millones, el 0,3 por mil; y por lo que supere los cien
millones, el 0,2 por mil. A estos precios hay que añadirles
el 16% de IVA y, como en el caso de las tarifas notariales,
los tramos se van sumando.
- Esta misma escala con su IVA es la que hay que aplicar
a la inscripción del crédito -si se ha
solicitado-, pero reducida en un 25% y calculándola
sobre la base liquidable del préstamo.
- Asimismo, hay que pagar el asiento de presentación,
paso previo a la inscripción, que cuesta 1.000
pesetas más IVA por escritura, y las notas de
afección fiscal, que se incluyen al inscribir
las escrituras y que cuestan 500 pesetas más
IVA cada una.
El crédito.
La mayor parte de las viviendas se adquieren con un
crédito de una entidad financiera.
- Los gastos no se acaban con la inscripción
en el Registro. Si ha tenido que solicitar un préstamo
para poder comprar su casa, cuente con que el banco
le exigirá en primer lugar un certificado de
dominio y cargas, documento en el que el registrador
firma que el piso no tiene cargas. Su precio son 5.500
pesetas, pero por cada cancelación de afección
que incluya -en los folios del registro hay unas anotaciones
marginales, normalmente una o dos por piso, sobre la
situación de la finca que han de cancelarse
una vez caducadas- se cobran 500 pesetas más.
A todo ello hay que sumarle el 16% de IVA correspondiente.
- El banco tiene también que tasarle su futura
vivienda, actuación por la que le cobrará
unas 25.000 pesetas.
- Y luego está la comisión de apertura
de su crédito: calcule en torno a un 1,75% sobre
el valor del préstamo.
- Ya sólo quedan los seguros que el banco puede
exigirle. Aunque no todas las entidades imponen un
seguro de vida, el de incendios suele ser obligatorio,
pero dado que tiene una cobertura limitada lo más
recomendable es contratar uno multihogar. Este seguro,
para un continente de ocho millones y un contenido
de cuatro, puede costarle 22.000 pesetas de media.
- Por último, todos los gastos vistos podrían
incrementarse si usted tuviera que pagar la plusvalía.
Según la ley, este impuesto municipal, que no
se aplica en pisos nuevos, ha de pagarlo el vendedor,
a no ser que se llegue a un acuerdo entre las partes
y lo abone el comprador.
- Pero como no todo van a ser lágrimas, tenga
en cuenta que al año siguiente de la compra
usted podrá deducirse en la declaración
de la renta el 15% de los gastos efectuados aunque,
eso sí, no pudiendo superar el 30% de su base
liquidable.
Este hombre le puede ayudar: El notario
No sólo es imprescindible para realizar las escrituras,
sino que debe asesorar gratuitamente
El notario es una figura clave en la compra de un piso,
ya que sólo él puede realizar las escrituras
que son necesarias para inscribir la propiedad en el
Registro. Pero ésta no es la única función
que estos profesionales pueden cumplir en el proceso
de compra de una vivienda: su asesoramiento abarca
todos los aspectos de la adquisición.
<<La gente -comenta José Aristónico
García- acude a nosotros generalmente tarde,
en algunas ocasiones cuando ya han firmado contratos
privados que no les son favorables. A veces es posible
arreglar la situación, pero en otros casos es
muy difícil. Por ello, mi consejo es que cuando
una persona vaya a comprarse un piso, acuda al notario
lo antes posible>>.
Para asegurarse
.
Aunque los notarios tienen unas tarifas
establecidas para sus trabajos, el asesoramiento es
gratuito. Se trata de un asesoramiento que puede ser
clave en dos aspectos de la compra en los que hay que
tomar precauciones: en la titulación, es decir,
para que el vendedor sea el verdadero dueño
del piso, y en el estado de cargas que tenga la propiedad.
Además, los notarios pueden aconsejar también
sobre la forma de pago más conveniente en cada
caso, sobre todo en aquellas viviendas que todavía
están en construcción, o sobre cómo
redactar un contrato de señal.
En definitiva, acudir al notario implica que la adquisición
es segura, máxime cuando desde el año
pasado un Real Decreto establece ya la colaboración
entre las notarías y los Registros de la Propiedad
para garantizar la seguridad del tráfico jurídico
inmobiliario. Según esto, los notarios pueden
pedir por fax información al registro sobre
cualquier piso y conocer su estado de cargas. Además,
desde el momento en que se solicitan estos datos, el
registro manda información continuada del inmueble,
de forma que el notario conoce inmediatamente cualquier
novedad sobre la vivienda.
En cuanto se firman las escrituras, el notario envía
la notificación por fax, con lo que ya queda
preinscrito el piso en el registro. Como comenta José
Aristónico García, <<gracias a
esta conexión se evitan antiguos fraudes como
el de la doble venta, que consistía en que un
vendedor escrituraba -y, por tanto, vendía-
el piso varias veces en el mismo día. Hoy esto
ya no puede ocurrir, porque actualmente, si se acude
a un profesional, es muy difícil que surjan
problemas serios en la compra de un piso>>.
VOLVER A CONSULTAR LAS NOTICIAS