SU DINERO

Cómo Aprovechar las Ayudas a Familias Numerosas

La nueva normativa para familias con tres hijos permite ahorrar
en tasas académicas y en transporte, pero la confusión legislativa
hace difícil sacarle el mejor partido

Por M. Irazusta y G. S.-Herrero



Desde el lunes pasado, todas las familias con tres hijos tienen 
derecho a ser consideradas familias numerosas de primera categoría 
a todos los efectos. Y estos efectos se concretan en un conjunto de 
ayudas económicas.
Para ello se exige la presentación del título de familia numerosa, 
que expiden todas las comunidades autónomas.
La medida atañe a 1,25 millones de familias con tres hijos. En el 
futuro también puede interesar a algunas de las 2,9 millones de 
familias que, con 2 hijos, podrían animarse e ir a por el tercero.
Pero los puntos oscuros son muchos, y en su mayor parte  
provienen de la falta de claridad de nuestras leyes sobre esta 
materia. La ley en la que se basa esta normativa es de 1971 y la 
Administración Central y las autonomías no parecen ponerse de 
acuerdo sobre quién debe desarrollar estas ayudas. 

Ventajas. 
Para abrir boca, las familias de tres hijos han podido estrenar la 
condición de numerosas con la reducción del 50% en las tasas de 
matrícula para estudios universitarios, que ha entrado en vigor en 
el presente curso 1995-96.
Mirando al futuro, las familias de tres hijos pueden también 
beneficiarse de los descuentos en los precios de los billetes de avión, 
tren, autobús y transporte marítimo, siempre que la empresa 
escogida sea pública o concesionaria.
A partir de ahora (con el título de familia numerosa, que debe 
solicitarse expresamente), usted podrá viajar con Iberia con un 20% 
de descuento.
Pero la cosa no es tan sencilla. Hay varios casos:
1.- Si usted quiere un billete para un vuelo peninsular (por ejemplo, 
un Madrid-Santiago de Compostela), podrá obtener ese descuento 
sólo si viajan tres miembros de su familia.
2.- Si usted quiere un vuelo entre la Península y Baleares, Canarias, 
Ceuta o Melilla, tiene derecho a ese 20% de rebaja sin que exista el 
mínimo anterior de tres miembros de su familia.
3.- Si usted es residente en Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla, podrá 
sumar el 20% de rebaja al descuento que ya existe por residir en 
estas regiones. Así, el recorte total para un residente  en Baleares es 
del 45% (20%+25%) y para Canarias, Ceuta y Melilla del 53% 
(20%+33%).
4.- Si usted vuela entre Canarias y Baleares, lo podrá hacer con un 
descuento adicional del 10%. La rebaja total será del 30%.

¿Compensa? 
Todas estas rebajas son incompatibles con cualquier oferta o 
promoción. Por ello, es recomendable que si usted tiene el título de 
familia numerosa recién estrenado compruebe si le sale a cuenta 
acogerse a las ventajas de familia numerosa o si es mejor 
aprovechar alguna oferta de Iberia.
Hay que tener en cuenta que las ofertas promocionales de Iberia 
suelen obligar al usuario a cumplir una serie de condiciones (pasar 
un fin de semana en destino, comprarlo 5 días antes, etc), mientras 
que los descuentos por familia numerosa están libres de 
condiciones.

Tren y autobús. 
Para los viajes en tren, las condiciones para descuentos por familia 
numerosa son similares, aunque en Renfe resulta más ventajoso 
porque el tren tiene menos variedad de ofertas. Los poseedores del 
título pagarán el 20% menos por los billetes de cercanías y 
nacionales en cualquier día del año. Los viajes internacionales están 
excluidos. Este descuento no podrá sumarse a otros, salvo en el caso 
de los niños de hasta 11 años.
La rebaja del 20% también será de aplicación para los viajes en 
autobús y no sólo de Enatcar (empresa pública), sino también de las 
empresas privadas que sean concesionarias de un servicio público, 
como Alsa.

Ofertas regionales. 
Tren y autobús ofrecen ciertas peculiaridades autonómicas:
1.-La Generalitat de Cataluña ofrece descuentos del 20% al 50% 
-según la categoría- para las familias numerosas que viajen con los 
Ferrocarriles Catalanes.
2.-La Comunidad de Murcia ofrece descuentos del 20% (Primera 
Categoría), 40% (Segunda, entre 7 y 9 hijos) y 50% (de Honor, 10 
hijos o más) en las líneas regulares de autobuses, tanto para 
itinerarios regionales como nacionales. Para obtener estas rebajas, 
es necesario adquirir talonarios de 50 viajes.

Otras ayudas. 
La ley española permite a las comunidades autónomas fijar otras 
ayudas distintas y acumulables a las de ámbito nacional. De hecho, 
existen algunas iniciativas que favorecen a las familias numerosas.
- La Generalitat ofrece descuentos de entre el 15% y el 40% 
(dependiendo de la categoría de familia numerosa) para la compra 
de Viviendas de Protección Social (VPO) y rebajas de entre el 50% y 
el 100% para los cursos de la Escuela Oficial de Idiomas.
- La Junta de Castilla y León aplica una reducción del 30% en las 
cuotas de guarderías que pertenezcan a la Junta.
- La Xunta de Galicia otorga  una ayuda de hasta un millón de 
pesetas para la adquisición de vivienda habitual. Las familias 
numerosas tienen igualmente prioridad para obtener descuentos del 
40% en desplazamientos, alojamientos y demás servicios turísticos 
dentro de la comunidad. 
- El Ayuntamiento de Santander ofrece a las familias numerosas 
una bonificación del 30% sobre el exceso del consumo de agua. Sitúa 
el consumo medio en 40 metros cúbicos. Además, ofrece una ayuda 
de 10.000 pesetas anuales, en forma de vales, para gastos de libros 
de texto.

El lío autonómico. 
Pero el principal papel jugado por las comunidades autónomas ha 
sido tramitar y entregar los títulos de familia numerosa. Y desde 
enero tuvieron que decidir si comenzaban o no a hacer "carnés" 
para las familias con tres hijos.
¿Por qué? Porque los Presupuestos de 1995 ya establecían  que 
estas familias tendrían derecho a pagar sólo el 50% de la matrícula 
universitaria de sus hijos desde el curso escolar 1995-1996 (ver 
cuadro adjunto), para las que el plazo de inscripción finalizaba el 31 
de octubre.
En esta tesitura, a las comunidades autónomas se les planteó una 
duda. ¿Emitimos títulos de familia numerosa a las de tres hijos para 
que se beneficien de esta rebaja en las matrículas? Algunas se 
negaron porque el título podía servir también para beneficiarse de 
otras ayudas (de la ley de 1971), como el ya citado descuento del 
20% en transporte público, cuando aún no había reglamento que las 
legalizara.

Acreditaciones. 
Entre estas comunidades figuraron Madrid, Extremadura y Navarra, 
que optaron por tramitar acreditaciones (no carnés de familia 
numerosa), con el único propósito de que se pudieran acoger a la 
rebaja. 
Pero otras (la mayoría) optaron por emitir títulos de familia 
numerosa para las de 3 hijos. Es decir, que catalanes, cántabros, 
valencianos, murcianos y asturianos, entre otros, han pagado el 50% 
de las matrículas de sus hijos y han podido viajar más barato, 
mientras que madrileños y navarros -por ejemplo- no han tenido la 
segunda posibilidad.

Tasas. 
Y es que esta incertidumbre existe incluso en el asunto que parecía 
más claro: el de las tasas universitarias. El Ministerio de Asuntos 
Sociales asegura que todos los estudiantes de familia numerosa 
tienen derecho a la ya citada reducción del 50% en la matrícula. 
Pero es que el Gobierno va más allá. Mantiene que quienes hayan 
pagado el 100% (por descuido o imposición) tienen derecho a 
solicitar la devolución del 50%.
Otra pregunta que usted puede hacerse es si la misma rebaja es 
válida para las universidades privadas. Con la ley de 1971 en la 
mano (art. 10), así es, pero, según  Asuntos Sociales usted sólo tiene 
derecho a acogerse al descuento en los centros públicos.
El despiste es general incluso en las propias universidades privadas. 
Este curso escolar el CEU ha rebajado el 50% a las familias de 4 hijos 
o más, mientras que las de 3 han pagado el 100%. Pero a estas 
últimas les ha dejado abierta la posibilidad de devolver el 50% una 
vez realizadas las comprobaciones pertinentes.
La también privada "Antonio de Nebrija" no ha aplicado descuento 
a ninguna familias numerosas y estudia si hacerlo en el próximo 
curso. 
Las universidades públicas tampoco lo tienen claro. La de Sevilla (y 
es sólo un ejemplo) ha cobrado el 50%, pero si para febrero no hay 
una normativa que la compense de esa reducción de ingresos, 
pretende cobrar a sus estudiantes el restante 50%.
Otra de las ventajas para las familias de primera categoría es 
ahorrarse la mitad del gasto en libros editados por instituciones 
científicas y culturales del Estado. Aunque no son muchos los libros 
"públicos", usted puede consultar a cuáles afecta  en el catálogo que 
el Ministerio de la Presidencia publica anualmente. La librería del 
Boletín Oficial del Estado dispone de ejemplares.
Las familias numerosas también tienen preferencia en la obtención 
de créditos para compra de vivienda y para "promoción profesional 
y en materia industrial, agraria y pesquera".
La falta de concreción aconseja a los interesados acudir a  cualquier 
entidad financiera pública (básicamente, Argentaria y cajas de 
ahorros) para que le aclaren cómo puede beneficiarse de este 
incentivo y a qué tipo de créditos se refiere exactamente.

Desgravaciones fiscales. 
Conviene recordar que, aunque no directamente unido a la 
condición de familia numerosa, hay medidas fiscales que favorecen 
a este colectivo. Así, en anteriores ejercicios fiscales cada hijo tenía 
una desgravación de 18.000 pesetas, independientemente de su 
número. Ahora, los dos primeros hijos tienen una deducción de 
20.000 pesetas; el tercero, 25.000 pesetas y el cuarto y sucesivos, 
30.000 pesetas. Es decir, que si usted tiene 3 hijos su desgravación 
será de 65.000 pesetas, mientras que si tiene cuatro será de 95.000 
pesetas. 
La política de familias numerosas en España no puede continuar 
basada en una ley franquista, de 1971. Por eso hay tantas zonas 
oscuras. Por eso el Gobierno dice que algunos de sus artículos ya no 
son válidos, pese a seguir en vigor esta normativa.
De las conclusiones de la Ponencia sobre Familia del Congreso de los 
Diputados depende la puesta al día de las ayudas para familias 
numerosas. 



Quién puede beneficiarse Las parejas de hecho -no casadas legalmente- , las madres o padres solteros y los separados y viudos con tres hijos son también familias numerosas de Primera Categoría, aunque la ley no lo incluya explícitamente. Esta categoría queda, por tanto, compuesta por las familias que tengan entre 3 y 6 hijos. Serán incluidas en la Segunda Categoría las que tengan entre 7 y 9 hijos y De Honor las de 10 hijos en adelante. Pero las familias con 3 hijos no son el único tipo de familia numerosa de Primera Categoría. La ley española ya reconocía (cuando el mínimo de hijos era 4) esta condición a otros cinco supuestos. Pero éstos no varían en la misma proporción (1 hijo menos) y se mantienen exactamente igual. De esos cinco casos sólo dos no cumplen el nuevo mínimo de tres hijos. 1.-Cabeza de familia y su cónyuge, cuando ambos sean minusválidos o sufran incapacidad absoluta para todo trabajo y tengan dos hijos. 2.-El cabeza de familia, su cónyuge, si lo hay, y dos hijos siempre que éstos (los hijos) sean minusválidos o incapacitados para el trabajo.



VOLVER A CONSULTAR LAS NOTICIAS

INTRO OFERTA BOLSA CURSOS