Número 155
/ Domingo 17 de enero de 1999
Empresas
Nuevas Ayudas para Proyectos de Desarrollo
El programa Iniciativa Pyme financia hasta el 50% de las actividades que
incrementen la competitividad
Mercedes Gómez
Si su empresa se ha planteado como objetivo para este año mejorar
su evolución apostando por estrategias innovadoras que aumenten su
competitividad, debe tener en cuenta la financiación externa que
puede ayudarle a echar a andar su proyecto.
La Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa, en
colaboración con las comunidades autónomas, ha puesto en marcha
la convocatoria 1999 de ayudas del programa Iniciativa Pyme de Desarrollo
Empresarial.
Este, que cuenta con recursos de la Unión Europea, la Administración
General del Estado y las Administraciones Autonómicas, está
dirigido a apoyar económicamente a las empresas que dedican parte
de sus esfuerzos a impulsar su propio desarrollo y promoción o al
del resto de las pymes.
Requisitos.
Los programas de la Iniciativa Pyme de Desarrollo Empresarial están
abiertos a las empresas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Menos de 250 empleados.
- Volumen de negocio anual inferior a los 40 millones de ecus o con un
balance general que no sobrepase los 27 millones.
- La empresa no debe estar participada por una gran compañía
en más de un 25%, salvo que sean sociedades públicas de participación,
sociedades de capital riesgo o inversores institucionales que no ejerzan
ningún control sobre la empresa.
Dentro del programa Iniciativa Pyme de Desarrollo Empresarial, las pymes
pueden acceder a las siguientes líneas de financiación:
Cooperación empresarial.
Podrán presentarse a esta convocatoria aquellas iniciativas dirigidas
a fomentar la cooperación empresarial, tanto en el ámbito
nacional como en el internacional, y a promover la agrupación de
pequeñas y medianas empresas. Por ejemplo, actividades de búsqueda
e identificación de socios y oportunidades de negocio; estudios de
viabilidad de proyectos de cooperación; promoción de agrupación
de empresas para servicios que mejoren su competitividad, etcétera.
- Gastos subvencionables. Todos los costes ocasionados por servicios
de consultoría y formación; gastos notariales y registrales.
Además, se pueden conseguir ayudas para sufragar los desplazamientos
interurbanos y el alojamiento del personal implicado en el proyecto, los
materiales elaborados previos y los gastos generados por la difusión
y edición de actividades que promuevan la cooperación.
- Importe máximo de la ayuda. Hasta un 50% de los gastos subvencionables
del proyecto.
Programa de Diseño.
odrán beneficiarse de las ayudas comprendidas en esta modalidad
aquellos proyectos correspondientes al desarrollo de técnicas de
diseño innovadoras para la pyme. La convocatoria está abierta
a aquellas iniciativas que, basadas en el diseño, proporcionen nuevos
servicios para la comunicación de producto y/o identidad corporativa,
fomenten la implantación de métodos especializados de comercialización,
mejorar la venta y distribución...
- Gastos subvencionables. Servicios externos generados por consultoría,
diseño y maquetas; gastos de registro de dibujos, patentes y marcas;
inversiones en equipos necesarios para el desarrollo del proyecto; viajes
interurbanos y alojamiento del personal involucrado materiales utilizados
en difusión y promoción.
- Importe máximo de la ayuda. Hasta el 50% de los gastos generados
con un tope de 30 millones de pesetas.
Programa de financiación.
Estas bonificaciones se destinan a abaratar el coste y facilitar el acceso
de las pymes a fórmulas de financiación, como préstamos
avalados para inversiones, participativos y de reestructuración financiera.
Dependiendo de la línea de financiación solicitada, se establecen
unos requisitos para optar a la convocatoria.
- Préstamos avalados para inversiones. Podrán presentar
la solicitud aquellas empresas que requieran créditos para adquirir
activos fijos e incrementar su competitividad, siempre y cuando se cuente
con el aval de una sociedad de garantía recíproca.
La inversión prevista no podrá superar el 80% de la cuantía
en inmuebles ni el 20% en activos inmateriales.
La ayuda consiste en abaratar el tipo de interés y reducir el principal
de la deuda. En ningún caso la cuantía de la subvención
podrá supera el 70% de la inversión prevista. El beneficiario
podrá elegir entre un plazo de amortización de cinco años
con el primero de carencia, o ampliarlo a siete años con dos de
carencia.
La cuantía es de tres puntos porcentuales como máximo del
tipo de interés anual.
- Préstamos participativos. Son aquéllos a los que se les
aplica un tipo de interés variable en función de los resultados
obtenidos por la empresa beneficiaria en cada ejercicio. Tendrán
derecho a estas ayudas siempre que la cuantía de éstos se
destine a proyectos empresariales de mejora de la competitividad y cuenten
con un plazo de carencia de amortización igual o superior a tres
años, y con un plazo de cinco años o más.
La ayuda consiste en la subvención del tramo fijo del tipo de interés
anual del préstamo, reduciendo el principal de la deuda, con una
cuantía de tres puntos porcentuales como máximo sobre el
interés.
- Préstamos de reestructuración financiera. Destinados
a las pymes con préstamos para reestructurar el pasivo bancario
a corto plazo, siempre que demuestre que la viabilidad de la empresa se
encuentra condicionada por el coste anual de los recursos ajenos y por
su estructura financiera. Las sociedades deberán contar con el aval
de una sociedad de garantía recíproca y acreditar que disponen
de una ampliación del período de amortización de la
financiación con la que contasen previamente. La ayuda consiste
en subvencionar en tres puntos, como máximo, los intereses de los
préstamos concedidos. El plazo de amortización oscilará
entre cuatro y siete años, sin período de carencia.
Para más información:
Pyme. Area de Información. Pº de la Castellana, 141. 28046 Madrid.
Tf: 900 19 00 92.
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