El divorcio nunca es inmediato, ya que la pareja necesitará
un paso previo: la separación. Existen diferentes
tipos de separación matrimonial: con acuerdo
mutuo, con desacuerdo o con sentencia judicial.
Millares o millones.
Qué hay que hacer.
Por toda esta gestión, y dependiendo de las horas
de trabajo empleadas por el letrado y la cuantía
obtenida por su defendido, el abogado puede cobrar
como tarifa mínima -recomendada por el Colegio
de Abogados de Madrid-, unas 93.000 pesetas, más
50.000 por la redacción del convenio de divorcio.
Desacuerdos costosos.
Gananciales.
Custodia de hijos.
Justicia gratuita.
Hacienda también vigila a la pareja
Al igual que casarse a mediados de año puede
suponer pagar menos a Hacienda, lo mismo sucederá
cuando una pareja se divorcia, ya que los cónyuges
podrán hacer una declaración conjunta
antes del divorcio y dos individuales una vez divorciados.
Esto hará que al dividir el salario en dos tramos,
la escala de gravamen sea menor y, por lo tanto, el
contribuyente pague menos a las arcas estatales.
Pagar al cónyuge.
Para divorciarse con acuerdo de las partes, los miembros
de la pareja deberán demostrar que han estado
dos años sin vivir juntos. En el caso de desacuerdo,
uno de los cónyuges tendrá que probar
que el matrimonio no ha convivido durante cinco años.
Por último, si el divorcio se solicita tras
la separación con sentencia judicial, sólo
será necesario que hayan estado separados durante
un año.
El divorcio de mutuo acuerdo, en el que las dos partes
coinciden en la necesidad de vivir separados, es la
forma más rápida y barata de romper
el contrato matrimonial. El proceso tendrá un
coste de 285.000 pesetas y un plazo de resolución
de dos meses.
Estas cifras son muy inferiores a los más de
tres millones de pesetas y a los ocho años que
cuesta el divorcio en caso de desacuerdo entre las
partes, en el supuesto de que se tengan más
de 500 millones de patrimonio y después de recurrir
todas las sentencias, hasta llegar al Tribunal Supremo
para la liquidación de los bienes gananciales
de la pareja.
El primer paso para solicitar el divorcio amistoso será
acudir a un abogado y entregarle las copias de las
partidas de nacimiento de los hijos -si los hubiera-,
el acta matrimonial y un poder para que el abogado
pueda llevar a cabo el pleito.
Seguidamente -y dado que hay acuerdo entre las partes-
el abogado redactará un convenio que reflejará
quién permanecerá en el domicilio familiar,
qué cónyuge tendrá la custodia
de los niños -si se tienen-, cómo se
repartirán los bienes y a cuánto ascenderá
la pensión, tanto para el esposo/a -si procede-
como para la alimentación, educación
y vivienda de los hijos.
Toda esta documentación será presentada
ante el juzgado, donde el juez de Primera Instancia
se encargará de dictar el fallo o sentencia,
previa ratificación de la pareja.
Si toca en suerte un tribunal rápido, el divorcio
se puede conseguir en dos meses, pero si existen muchos
casos atrasados el proceso se puede alargar durante
un año.
Estas 143.000 pesetas se verán incrementadas
en un 30% si el mismo abogado representa a los dos
cónyuges, lo que supondrá un desembolso
total de 185.000 pesetas.
A esta última cantidad habrá que sumarle
las 50.000 pesetas que hay que pagar al procurador
-que es la persona que representa a los cónyuges
en el proceso- y otras 50.000 pesetas que cobrará
el notario cuando firme la separación de bienes.
Todo lo cual arrojará una minuta final de 285.000
pesetas.
El divorcio resultará algo más caro si
se tienen propiedades en común, pues el registrador
de la propiedad pedirá alrededor de 40.000 pesetas
por cambiar la titularidad de los bienes inmuebles
de la pareja.
Pero la sencillez en el trámite y el acuerdo
de la pareja no es la tónica general de los
matrimonios que deciden divorciarse, ya que muchos
cónyuges no transigen en la división
de los bienes o en la custodia de los hijos. En estos
casos, las cuentas y los plazos de tiempo se disparan.
Si el proceso se encamina por la vía contenciosa,
puede durar desde cuatro meses a dos años. Su
duración será de cuatro meses si la pareja
acata el fallo del juez de Primera Instancia, pero,
si uno de ellos recurre, el caso pasará a la
Audiencia Provincial.
No sólo se perderá tiempo, sino también
dinero, ya que por la tramitación del proceso
-hasta que el tribunal de Primera Instancia dicte sentencia,
excluyendo los recursos-, el abogado cobrará,
como mínimo, alrededor de 187.000 pesetas a
cada uno de los cónyuges.
También se deberá tener en consideración
que, si así se solicita, el juez dictará
unas medidas provisionales hasta el fallo del tribunal,
entre las que se incluye la cuantía de la pensión
que percibirá el cónyuge que se quede
con los hijos. Si la parte perjudicada no está
de acuerdo, y no paga, será necesario interponer
una querella por impago, y con ello el costo se irá
incrementando de nuevo.
Una vez que se emite la sentencia firme hay que liquidar
los bienes gananciales. Si en este punto tampoco hay
acuerdo, se hace necesario el trámite a través
de la vía judicial y se peritan los bienes.
Las minutas del abogado y del procurador estarán
en función de la cuantía tasada.
Si el valor de los bienes asciende a tres millones
de pesetas, el letrado cobrará unas 375.000
pesetas; si asciende a diez millones, cobrará
700.000 pesetas; y si se trata de un cliente con algo
menos de 500 millones de pesetas de patrimonio, el
abogado conseguirá unos tres millones de pesetas.
Estas cantidades pueden incrementarse en el caso de
que se recurra la liquidación de bienes, ya
que el juzgado de Primera Instancia trasladará
el asunto a la Audiencia Provincial, y un nuevo recurso
lo llevará al Tribunal Supremo. Tras todos estos
pasos judiciales, el fin del litigio no tendrá
lugar antes de ocho años y, con ello, las tarifas
de letrados y procuradores serán mucho más
elevadas.
Otro gasto a tener en cuenta será el posible
desacuerdo en la custodia de los hijos. La cuantía
depende en buena parte del lugar de residencia de los
padres.
Para los asuntos familiares que se lleven por vía
judicial contenciosa, existe un desajuste entre las
grandes ciudades y las pequeñas y medianas.
Sólo en las grandes urbes españolas existen
los denominados juzgados de familia, que facilitan
la labor de abogados y parejas a la hora de presentar
pruebas periciales. Las pruebas psicológicas
realizadas por los profesionales de estos tribunales
son totalmente gratuitas.
Las localidades más pequeñas no cuentan
con estos juzgados especializados, por lo que los cónyuges
deberán presentar sus propios peritos -psicólogos,
en estos casos- que ayuden al juez a determinar con
cuál de los padres es más conveniente
que permanezcan los hijos. El precio de estos dictámenes
profesionales es de unas 100.000 pesetas.
Pero no todo son desigualdades, ya que los divorcios
no son exclusivos de los ricos. Para algunos casos,
también existe lo que se conoce como justicia
gratuita.
Para acceder a ella los interesados deberán demostrar
que sus ingresos no sobrepasan en dos veces el salario
mínimo interprofesional (alrededor de 120.000
pesetas mensuales). Si se cumple este requisito, el
candidato a divorciado deberá dirigirse a un
Servicio de Orientación Jurídica (SOJ),
existente en todas las sedes de los tribunales de justicia,
y solicitar un impreso para el nombramiento de abogado
y procurador de oficio.
Según los últimos datos del Consejo General
del Poder Judicial, en 1993 se divorciaron en España
28.854 parejas. De ellas, 12.796 lo hicieron de mutuo
acuerdo y 16.058 tuvieron que ir a juicio para resolver
sus diferencias.
Cada año asciende el número de parejas
que decide romper el contrato matrimonial. Así,
si en 1981 fueron 9.483 las parejas que se divorciaron,
en 1993 esta cifra llegó a triplicarse. Por
comunidades autónomas, Cataluña y Madrid
son las que ocuparon la primera posición.
Hace unos años, divorciarse era muy ventajoso
en materia impositiva, ya que el marido que debía
pagar pensiones, tanto para la mujer como para los
hijos, podía restar a sus rendimientos toda
la renta que cedía anualmente, y a esa diferencia
se aplicaba la escala de gravamen.
Es decir, si cobraba cinco millones de pesetas, y pagaba
dos millones a mujer e hijos al año, tan sólo
tributaba por tres millones de pesetas; de aplicar
un tipo impositivo del 36%, pasaba a un 30%, según
la escala de gravamen para la declaración individual
de 1995.
Hoy las cosas han cambiado y tan sólo podrá
descontar la pensión alimenticia dada a la mujer,
y no hay reducción por la de los hijos. Por
este motivo, es preferible que sea más alta
la cantidad cedida a la mujer que a los hijos. Aunque
hay que tener en cuenta que siempre será el
juez el que determine estas cantidades, y será
muy difícil conseguir este objetivo con fines
fiscales, a no ser que el divorcio se solicite de mutuo
acuerdo.
Actualmente, si el cabeza de familia gana cinco millones
de pesetas y anualmente debe pagar un millón
de pesetas a la mujer y otro millón a los hijos,
sólo podrá descontar la cantidad cedida
a su cónyuge, por lo que deberá tributar
por cuatro millones de pesetas. De este modo, el tipo
impositivo pasaría del 36% al 34%. Pero si le
diese 1.016.000 pesetas a la mujer y 984.000 pesetas
a los hijos, su base impositiva sería de 3.984.000
pesetas, por lo que el tipo aplicable sería
del 32%.
También se debe tener presente que los cónyuges
divorciados que no tienen la patria potestad de los
hijos no pueden deducirse en la declaración
las 20.000 pesetas por hijo.
Angela Cerrillos, abogada de familia, recomienda que
lo primero que debe hacer una persona que quiere divorciarse
<<es buscar asesoría, ya que muchas veces
se evita el pleito>>.
Obstáculos.
Asociación.
Por la Iglesia.
Esta letrada considera que, a pesar de que haya acuerdo
entre los cónyuges, es conveniente que <<cada
uno de ellos esté representado por un abogado
diferente, ya que es difícil ser imparcial con
los dos cuando uno de ellos puede salir perjudicado>>.
Los problemas más comunes con los que se encuentra
un abogado especializado en divorcios y separaciones
son <<los desacuerdos económicos y la
custodia de los hijos>>, asegura Cerrillos. Además,
en algunas ocasiones, <<uno de los cónyuges
solicita la potestad de los hijos con el único
propósito de conseguir quedarse con el domicilio
familiar>>.
Estos abogados, a veces, tienen que sortear situaciones
desagradables, ya que algunas parejas utilizan a los
letrados para descalificarse entre ellos y se sirven
de estas terceras personas para mostrar y desahogar
sus rencillas personales.
La Asociación de Abogados de Familia, institución
de la que es miembro Angela Cerrillos, tiene como finalidad
primordial, entre otras, promover la reforma del Derecho
de Familia y conseguir que los procesos judiciales
se agilicen, siempre con el fin de que se garantice
el cumplimiento de las medidas acordadas previamente
entre las partes.
No sólo se encargan de pleitear en separaciones
y divorcios, sino que los abogados de familia están
especializados también en repartos de herencias
familiares o en el cambio del régimen económico
matrimonial: de bienes gananciales a separación
de bienes o viceversa.
Angela Cerrillos hace hincapié en un consejo
más: <<una vez que los cónyuges
lleguen a un acuerdo en el reparto de bienes, es imprescindible
que vayan al registro de la propiedad y cambien la
titularidad de la vivienda o pertenencias tal y como
hayan acordado>>. Si por ahorrar el dinero que
costará el notario y el registrador no se cambia
el nombre del propietario, puede suceder que si, por
ejemplo, el marido tuviese acreedores, éstos
podrían reclamar la deuda mediante el embargo
de la propiedad. A efectos legales, y hasta que no
se cambie en el registro la titularidad, los bienes
seguirán perteneciendo al marido.
La letrada puntualiza que si una persona lo único
que requiere, inicialmente, <<es orientación
y asesoría jurídica en esta materia,
la del divorcio, puede acudir a los Servicios de Orientación
Jurídica (SOJ) que existen en las sedes de los
tribunales de justicia>>.
Pero no todo acaba con el divorcio. Actualmente, un
pequeño porcentaje de divorciados quiere dar
un paso más: la separación por la Iglesia.
Este caso también será llevado por un
abogado de familia. Este letrado debe ser aceptado
por el Tribunal eclesiástico de La Rota para
poder representar a su cliente ante esta institución.
Los costos de la nulidad son similares a los de un
divorcio.
Para hacer efectiva la nulidad hay que presentar ante
La Rota una causa que justifique la decisión.
Suele argumentarse <<vicio en el consentimiento>>,
es decir, que se consintió en el matrimonio
bajo fuertes presiones del entorno social y familiar.