Su Dinero
Actualidad Número 117 / Domingo 22 de marzo de 1998

La "cuenta atrás" del nuevo IRPF
Las primeras 500.000 pesetas de los créditos hipotecarios se deducirán un 20% en la cuota


Por Alvaro Tizón

La declaración de la Renta de 1999, que usted deberá presentar a partir de mayo del 2000, tendrá muy poco que ver con la actual. El Gobierno hará pública en la segunda quincena de abril su propuesta de modificación del impuesto más importante del sistema tributario español. El nuevo IRPF simplificará las declaraciones, unificará el tratamiento de los distintos rendimientos, reducirá la cuantía de las deducciones, el número de tramos de la tarifa y los tipos marginales máximos. A cambio, liberará una parte de la renta de la obligación de tributar. La reforma, según Hacienda, permitirá que la mayoría de los ciudadanos pague menos, pero a través de un sistema radicalmente distinto al vigente hasta ahora. A continuación recogemos, paso a paso, algunas de las modificaciones barajadas por Hacienda.

Sujeto pasivo

El nuevo impuesto mantendrá la consideración del individuo como sujeto pasivo del impuesto, y la posibilidad de realizar declaraciones conjuntas.

Como novedad, además, los contribuyentes deberán consignar su residencia, que condicionará el tramo autonómico del impuesto.

La determinación del sujeto pasivo incluirá también el mínimo vital, exento de tributación. Para incentivar las declaraciones conjuntas, es previsible que se aplique también al cónyuge una deducción de la base en concepto de mínimo personal y otra por cada hijo.

Base imponible

Incluirá el conjunto de las rentas percibidas por el contribuyente, incluidas las ganancias o las pérdidas patrimoniales.

Base liquidable

Será el resultado de restar a la base imponible de la declaración el mínimo exento establecido por Hacienda (que rondará entre 500.000 y 600.000 pesetas en las declaraciones individuales, y el doble en las conjuntas). El mínimo vital se actualizará anualmente con arreglo al IPC, y se revisará periódicamente para considerar los posibles cambios en la distribución de la renta.

El mínimo exento recogerá cantidades adicionales por cada hijo que el matrimonio o el declarante tenga a su cargo. A partir del tercer hijo, el mínimo vital podría alcanzar las 250.000 pesetas. El mínimo exento, además, será más alto para determinados colectivos como las personas mayores o los discapacitados.

Hacienda ha barajado la posibilidad de incluir también en este capítulo una nueva deducción, que se aplicará exclusivamente a las rentas del trabajo, un colectivo que aporta hoy en día el 80% de la recaudación global del IRPF. Este gasto fiscal se deduciría directamente de las rentas brutas obtenidas por el contribuyente, y su cuantía sería mayor para las rentas más bajas.

Una Tarifa

Aunque el nuevo IRPF mantendrá la posibilidad de hacer declaraciones conjuntas o individuales, ambas modalidades tendrán que aplicarse sobre una única tarifa del impuesto, al contrario de lo que sucede ahora.

Cuota

La principal novedad en este campo es la modificación del actual sistema de desgravación por los intereses satisfechos en créditos para la compra de la primera vivienda.


Los Derechos de los Contribuyentes

El pasado viernes entró en vigor el nuevo Estatuto del Contribuyente, que consagra una serie de derechos de los ciudadanos ante la Hacienda Pública. La reducción del plazo de prescripción de las deudas tributarias, de los actuales cinco años a cuatro, es el único apartado aún no vigente de la nueva normativa, ya que no comenzará a aplicarse hasta el próximo 1 de enero.

La nueva ley establece que la inspección de las deudas tributarias deberá hacerse en un plazo no superior a doce meses, y recoge la suspensión automática de las sanciones en el caso de que el contribuyente presente un recurso sin necesidad de garantizar la cuantía de la deuda que se le reclame.

Otro de los puntos de la Ley establece que Hacienda deberá practicar las devoluciones a los contribuyentes en el plazo máximo de seis meses. Si se retrasa, pagará intereses de oficio y no a instancias del afectado como hasta ahora.

Cuando las deudas tributarias se sitúen entre 3 y 25 millones de pesetas, el Estatuto recoge la posibilidad de que los contribuyentes puedan acudir a los tribunales económico-administrativos regionales directamente, y no al Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC).

La nueva regulación garantiza también el carácter reservado de los datos de los ciudadanos, que sólo podrán ser utilizados para la aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada. Entre otras garantías, además, la ley reduce también a doce meses (ampliable a un año más en casos excepcionales) el plazo que tiene Hacienda para comprobar, investigar y liquidar la inspección de los tributos, sin que se puedan computar en este plazo los períodos de interrupción justificada, como se hacía hasta ahora.

A partir de ahora, Hacienda está obligada a contestar en un plazo de seis meses a las consultas vinculantes.


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