Su Dinero
Actualidad Número 144 / Domingo 1 de noviembre de 1998

Consumo

"Quiero Darme de Baja. ¿Puedo?"
Testimonios reales de usuarios muestran cómo rescindir el contrato de ciertos servicios básicos llega a convertirse en un suplicio


Por Francisco J. López / Paloma Bravo

¿Quiere dar de alta una línea de telefonía móvil? No se preocupe, sólo tendrá que llamar por teléfono, facilitar sus datos y en unas horas podrá utilizar sus servicios.

¿Quiere disfrutar del mejor cine televisivo sin cortes publicitarios? Sólo tiene que acercarse a uno de los distribuidores oficiales de un canal de pago, dar sus datos, pagar una cuota de inscripción e instalar el descodificador. Esa misma noche, podrá ver un estreno de cine. Su única preocupación será tener a mano unas palomitas.

Electricidad, agua, teléfono, una cuenta en el banco, un seguro del hogar... ¿Quién no tiene contratado alguno de estos servicios?

Darse de alta suele ser, excepto en aquellas empresas que aún son monopolio, un camino de rosas. Pero, ¡ay de usted si tiene que darse de baja en alguno de ellos!

Lo primero es armarse de paciencia: perder clientes no es plato de gusto para las empresas, y no le quepa ninguna duda de que, antes de dejarle escapar, le pondrán todas las trabas posibles.

Unas, las más bondadosas, le acribillarán con preguntas de esta guisa: &laqno;¿Va a marcharse con la competencia?», &laqno;¿su decisión es por un cambio de domicilio?...».

Otras, las más ladinas, utilizarán las peores artes comerciales para extender su red y no dejarle escapar. El vuelva usted mañana será un juego de niños. Todo comenzará con &laqno;tiene que mandarnos una carta certificada, esperar unos días a que la reciba el departamento de bajas y, en unos tres o cuatro días, volver a ponerse en contacto con nosotros para confirmar que su solicitud nos ha llegado. De lo contrario, tendrá que volver a enviárnosla».

Cómo actuar. Usted no se amilane y haga valer sus derechos. Lo primero, incluso antes de contactar telefónicamente con la empresa suministradora, es leer detenidamente el contrato de ese servicio. Habitualmente, al dorso del mismo y en la famosa letra pequeña encontrará los trámites necesarios para darse de baja. Le especificarán la antelación con la que ha de realizar la notificación, cómo ha de hacerla y dónde debe enviarla.

En cualquier caso, es recomendable que contacte telefónicamente con la compañía, ya que puede suceder que desde que se dio de alta haya habido alguna modificación, ya sea en la tramitación o en el domicilio social de la empresa.

Cuando la rescisión tenga que hacerla por correo, la fórmula más aconsejable es que, con la carta abierta, solicite al jefe de la oficina de correos que se la selle. Como fedatario público, dará fe del texto que allí figura. Luego puede certificarla y solicitar que sea con acuse de recibo.

Otra de las posibilidades que apuntan desde las asociaciones de consumidores es realizar el envío a través del servicio de burofax (puede encontrarlo en cualquier oficina de correos). Esta será la única prueba que usted podrá presentar, si por cualquier circunstancia la empresa se resiste a rescindirle el contrato.

En ningún caso, por muy nervioso que le ponga la dilación, debe dejar de pagar los recibos. Posiblemente, si el departamento de bajas no ha recogido la orden, será considerado como moroso y los servicios jurídicos de la compañía elevarán su caso a los tribunales.

Para que darse de baja no se convierta en toda una odisea, aquí le contamos algunos casos reales, contrastados por Su Dinero, y todas las argucias que emplearán las compañías para disuadirle.

Canal Plus
"Decían que me faltaba una pieza del adaptador"

Hace poco más de un año, Miguel Angel F., un reconocido cinéfilo, decidió volver a ver las películas de estreno en la sala grande de su pueblo. Era mejor, pensó, pagar 600 pesetas por ver su película favorita que más de 4.000 al mes por tragarse las cada vez &laqno;menos atractivas» cintas seleccionadas por los programadores de Canal Plus.

No hubo marcha atrás y llamó al teléfono de atención al abonado del canal de pago para darse de baja. Notificó por fax las razones de su marcha, incluyendo todos los datos exigidos (nombre y apellidos, NIF, número de abonado, fecha de la baja y firma).

Tras cumplir con los trámites burocráticos, Miguel Angel recibió una llamada de esta empresa para que entregara el descodificador y el adaptador en el distribuidor más cercano. Y así lo hizo.

Primera sorpresa. El responsable del comercio le dijo que faltaba una pieza del adaptador y que, por tanto, no le podían devolver la fianza (9.000 pesetas), porque había descuidado el equipo.

Miguel Angel puso cara de sorpresa. Desconocía que faltase alguna pieza de ese receptor. Dio igual: le dijeron que se había quedado sin fianza.

No se arredró y llamó a Canal Plus para anunciarles que iba a contar su caso ante las organizaciones de consumidores. Pese a las amenazas, se tuvo que contentar con 3.400 pesetas de las 9.000 que le correspondían. Desde entonces, dice, no quiere saber nada de descodificadores.

Otro caso. María lleva más de tres años con Canal Plus. Hace unos días recibió una oferta de empleo para irse al extranjero. A la espera de adoptar una decisión definitiva, se puso en contacto con la cadena para preguntar por los requisitos exigidos para darse de baja.

Le dijeron que su contrato, firmado en julio, se renueva automáticamente cada año, aunque se hacen excepciones.

&laqno;Entonces, ¿me puedo dar de baja en diciembre?» preguntó María. &laqno;Envíenos el escrito antes del 10 de noviembre y suspenderemos su contrato», contestó la operadora.

Hay otras posibilidades. Por ejemplo, si le interesa darse de baja sólo por un determinado espacio de tiempo, puede subrogar el contrato. Tenga en cuenta, en caso de encontrarse en una situación similar , que se acabó el depósito a la hora de contratar este servicio. Si quiere abonarse a Canal Plus, deberá pagar una cuota de inscripción de 15.000 pesetas.

Agua
"Te cobran 5.000 pesetas por darte de baja"

Pasa como con la luz. No hay posibilidad de elección. Ricardo C. tenía previsto poner en venta su casa y llamó al Canal de Isabel II para darse de baja en este servicio. No tuvo ningún problema, aunque algunos aspectos no le quedaron del todo claros.

Antes de marcar el teléfono de la compañía, repasó detenidamente el contrato, pero no encontró ni una palabra sobre los requisitos para darse de baja.

Una representante de la UCE confirma este punto: &laqno;Es muy complicado saber lo que tienes que hacer. Como no hay normativa estatal, hay que recurrir al reglamento que tiene cada compañía».

A nuestro abonado le dijeron en el Canal de Isabel II que por tramitar la baja le cobraban 5.000 pesetas. Eso sí, le recordaron que podía solicitar la devolución de su fianza.

Teléfonos móviles
"Sólo puedo darme de baja mediante carta o fax"

Aquí se nota que la competencia es enconada. Si un abonado a Movistar pide información para dar de baja su número, lo primero que le preguntarán será: &laqno;¿Es por pérdida o por robo?».

&laqno;Ni lo uno ni lo otro. Estoy pensando en pasarme a la competencia».

Le intentarán disuadir. &laqno;Si ha tenido algún problema con nuestro servicio, díganoslo. Intentaremos solucionarlo».

Si definitivamente no quiere seguir con Movistar, tendrá que enviar una carta dirigida a Telefónica Móviles, apartado de Correos 151.124; CP 28080, Madrid.

Cinco o seis días después llame para comprobar si han recibido el escrito. Y dejará de ser abonado.

Otra posibilidad es acogerse a la baja provisional. Durante tres meses podrá recibir llamadas, pero no efectuarlas. Eso sí, transcurrido ese plazo, si no se pronuncia sobre la permanencia en este servicio, la compañía le volverá a dar de alta.

En la competencia, en Airtel (970 970 002), las cosas no son mucho mejores. El deseo de dejar de recibir sus servicios también se realiza a través de carta o fax.

Soledad G. no quiso complicarse la vida y le dijo claramente a la señorita que le atendía al otro lado del teléfono: &laqno;Sé que otros clientes han tenido problemas con ustedes cuando se dieron de baja, ya que tardaron unos meses en conseguirlo. Le aseguro que no quiero que me pase lo mismo».

Tras contestar al formulario del porqué de su marcha, le dijeron que tenía que enviar sus datos y su petición de finalizar el contrato.

Todo le pareció correcto, excepto la devolución del dinero por la cuota mensual de la línea que no había disfrutado, pero que había abonado. La fecha de finalización del servicio que señalaban era posterior en tres días a la fecha en la que envió el fax, lo que suponía &laqno;unas 300 pesetas menos, aproximadamente». Por esa cantidad no quiso molestarse en más gestiones.

En Moviline, donde no existe competencia, el celo profesional de sus operadores es extremo. &laqno;Sólo le podemos facilitar la dirección a la que tiene que enviar la rescisión de su contrato si está firmemente decidido a darse de baja», espetó el operador. Y eso que previamente él había preguntado sin cortapisas todos los datos personales.

La asesora de UCE señala que están actuando correctamente. &laqno;La devolución monetaria de la cuota ha de ser desde el día en el que usted deja de tener línea, no cuando usted pide la baja». Y aconseja que, siempre que pueda, es preferible que rescinda el contrato personalmente; resultará más rápido.

Seguros
"Me di de baja en junio, pero la compañía me reclama el pago de todo el año"

Juanjo G. contrató un seguro privado sanitario en 1989. Durante todos estos años, no ha hecho ningún gasto (dos o tres consultas médicas) y cada tres meses ha abonado la cuota fraccionada de la prima anual. El asegurado explica: &laqno;En junio de este año cambié de compañía, envié una carta a la antigua aseguradora y ordené a mi banco que no pagase ningún recibo más».

Ahora la compañía le reclama el pago de los seis meses, alegando que el contrato es anual y que en ningún caso puede interrumpir ni los cobros ni la cobertura médica que le presta.

A Juanjo no le queda más remedio que abonar los seis meses del seguro médico. Según Carmen Cabrero, abogada de los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores de España, la Ley del Seguro establece que &laqno;las dos partes podrán oponerse a la prórroga del contrato, mediante notificación escrita a la otra parte, con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del seguro». Por este motivo, la compañía puede exigir el cumplimiento del contrato y su pago hasta su finalización.

Ahora bien, según la letrada de la UCE, &laqno;es posible que si se cumplen todos los trámites que figuran en el contrato, la compañía exima del pago al asegurado, aunque eso tendrá que negociarlo».

Ante cualquier queja, lo primero es acudir a la compañía. Si ésta hiciese caso omiso de su reclamación, lo más adecuado es exponer su queja ante la Dirección General de Seguros. Esta determinará quién lleva razón. Aunque su decisión no es vinculante, las compañías suelen acatarla.

Teléfono
"No pude llevarme la línea. Tuve que darme de baja y alta en una misma semana y pagar 31.000 pesetas"

Carmen B. iba a cambiar de domicilio. Y, por eso, tenía que dar de baja y de alta casi todos los suministros. Su primera pesquisa fue averiguar si podía hacer un cambio de línea (llevarse la línea que ya tenía a la nueva casa), cuyo coste era inferior, &laqno;unas 8.000 pesetas», según le dijeron en la línea de atención personal de Telefónica. Pero no fue posible, tuvo que darse de baja en el antiguo domicilio y de alta en el nuevo. Por el enganche le tocó desembolsar 31.000 pesetas.

Para dar de baja su línea telefónica, llamó al 1004 y, tras una larga espera, le pasaron con el servicio de bajas. Tras dar sus datos personales, la operadora le informó de que al día siguiente dejaría de tener línea y de que le abonarían en la cuenta corriente el prorrateo de la cuota por la línea de los días que no había disfrutado del servicio, pero que estaban pagados por adelantado.

No hizo falta mandar fax, ni carta certificada para dejar constancia de sus intenciones. La amable telefonista le explicó, antes de dar de baja a la interesada, que existía la posibilidad de una baja temporal (entre 15 días y tres meses). Durante ese plazo sólo pagaría el 50% del coste de la línea, 200 pesetas por la suspensión y otras 200 por el restablecimiento.

La Libreta de Ahorros
"No me daban de baja si no entregaba las tarjetas"

Pilar F. acudió a su caja de ahorros de toda la vida a cancelar la libreta, ya que tras la nefasta oferta hipotecaria que le habían hecho, prefirió irse a otra entidad.

Cuando acudió a su sucursal solicitando la cancelación de la libreta de ahorros, la sonrisa del cajero de la ventanilla se borró de su rostro. Le pidió el DNI, documento que en otras operaciones nunca le había requerido, y le solicitó que entregara todas la tarjetas que tenía en su poder a cargo de esa libreta. Pilar le aseguró al cajero que en ese momento no llevaba ni la Visa de crédito ni la tarjeta monedero. &laqno;Bien, pues hasta que no me haga entrega de ellas no le puedo dar de baja la libreta», le espetó.

Al día siguiente acudió con sus tarjetas. Entonces, &laqno;la pega fue que en la Visa tenía una deuda pendiente, que me cargaría el día 4 del siguiente mes, de 22.956 pesetas, y que en la tarjeta monedero tenía un saldo a mi favor de 700 pesetas».

Pasaron los meses y a Pilar se le olvidó su libreta de ahorros. Continúa figurando como clienta de esa entidad, aunque &laqno;mi saldo debe ser de 44 pesetas, si no ha pasado a ser negativo tras el cobro de las comisiones», asegura.

Carmen Cabrero, de UCE, explica que nunca es aconsejable dejar abierta una libreta o una cuenta de ahorros, porque luego uno se convierte en deudor, cuando empiezan a llover las comisiones.

Electricidad
"¿Dónde quiere que le enviemos la última factura?"

Esteban G., como otros casos que le estamos contando, iba a cambiar de domicilio. Había comprado un piso nuevo, y el viejo, hasta que lo vendiese, no necesitaba tener conectada electricidad alguna. Así se evitaría los gastos fijos de facturación, potencia e impuestos.

Llamó por teléfono a la compañía suministradora. No le pusieron ningún problema. Facilitó sus datos personales y la referencia del contrato. &laqno;¿Dónde quiere que le enviemos el importe de la última factura?», preguntó la interlocutora.

&laqno;Al nuevo domicilio, calle San Lorenzo...», contestó Esteban. Al día siguiente, un operador de la eléctrica fue a retirar el contador y a cortar la luz.


Ojo con la 'Letra Pequeña'

De todos y cada uno de los suministros básicos de los que disfruta (agua, luz, teléfono...) usted dispone de un contrato, firmado personalmente, en el que acepta las condiciones que allí se exponen.

Es posible que cuando estampó su firma ni tan siquiera lo leyera. Pero si está pensando darse de baja en alguno de ellos, es más que recomendable que revise la letra pequeña.

En alguna de sus cláusulas encontrará los trámites para rescindir el contrato. Aquí le agrandamos alguna de ellas para que le resulte más fácil salir airoso de una misión que, en ocasiones, resulta un suplicio.

Sepa que la compañía suministradora nunca le podrá exigir requisitos que no aparezcan en el contrato.


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