SU DINERO

Número 31 / Domingo 19 de Mayo de 1996

Compre Casa en Subasta Privada

El próximo 20 de junio nace un nuevo sistema para la adquisición y venta de todo tipo de activos inmobiliarios


Por Inmaculada R. Pascual

El próximo mes de junio se celebrará en España la primera subasta privada de inmuebles, que revolucionará el actual sistema en el que todavía mandan los <<subasteros>>.
El mercado inmobiliario ofrece muchas posibilidades para comprar una vivienda, local comercial o un terreno para edificar. Entre tanta diversidad, y ante un mercado muy controlado en el sector de las subastas, ha surgido una nueva opción de compra y venta: las subastas privadas de inmuebles, como alternativa a las subastas judiciales en España. La primera se celebrará en Madrid el día 20 de junio.
La subasta privada es una modalidad de compraventa de inmuebles por pujas públicas, similar a las subastas de objetos de arte. Es asequible no sólo al inversor inmobiliario sino también al público en general.
La compañía británica European Auctions, organizadora de esta primera sesión, basa su sistema de funcionamiento en el modelo británico, en el que la información previa al acto de la puja es muy amplia.
Esta modalidad representa una innovación en nuestro país, donde la venta de inmuebles en subasta pública se ciñe casi exclusivamente a las subastas judiciales.

Cómo funciona.
Todos los inmuebles que salgan a subasta en junio provienen de adjudicaciones a bancos. El objetivo de la empresa organizadora es empezar por los inmuebles adjudicados judicialmente a las entidades financieras a causa de la morosidad por operaciones de crédito.
Los lotes tienen fijado un precio de reserva -el mínimo fijado por el propietario-, por debajo del cual no hay adjudicación. Estos precios se hacen públicos con notable antelación a la sesión de subasta, tanto para agilizar la venta como para crear competencia.

Catálogo.
Antes de la subasta, la empresa organizadora proporciona a todas las personas que lo solicitan un catálogo con información general sobre la subasta y la descripción detallada de los lotes. Junto a las fotografías de los inmuebles se publica su descripción: la dirección, cuánto cuestan, condiciones de venta, los detalles del contrato, las formas de financiación, etcétera. También se facilita el nombre de una persona y un teléfono de contacto para poder visitar el inmueble e inspeccionarlo.
La información detallada permite comprobar antes de asistir a la subasta si el inmueble está registrado, revisar las condiciones generales y particulares por las que se rige la venta, el contrato de Adjudicación y Entrega a Cuenta, su adecuación a la normativa y la previsión de los gastos e impuestos que conlleva la formalización de la compra.
Los catálogos se publican con una antelación mínima de cuatro semanas sobre la fecha de la subasta, para que el potencial comprador tenga ocasión de comprobar las condiciones de los lotes y sus características generales. Con esta fórmula se garantiza la información más correcta, la agilización de trámites y el asesoramiento.
El catálogo tiene un precio de 1.500 pesetas, única tasa que hay que abonar por asistir a la subasta. Ésta es otra de las ventajas con respecto a la subasta judicial. Mientras que para participar en la privada la entrada es el precio del catálogo, para acceder a la judicial es necesario pagar como garantía una fianza del 20% sobre el precio del lote que se vaya a pujar.

Lotes.
La primera subasta privada del mes de junio nace con un catálogo de 80 lotes, entre los que hay todo tipo de inmuebles: viviendas de primera y segunda residencia, locales comerciales, administrativos, industriales, solares para edificar, edificios singulares e históricos, etcétera, localizados principalmente en Madrid, Cataluña, Levante, Costa del Sol y Baleares.
Los precios varían conforme a las características de los inmuebles. Para esta primera subasta se han preparado lotes desde 4 hasta 700 millones de pesetas, con un valor estimado total de 4.728 millones de pesetas.
La idea de esta subasta privada ha partido de la empresa Ernst & Young Servicios Inmobiliarios y de la firma Allsop & Co, organizadora de subastas inmobiliarias en el Reino Unido. Ambas compañías han creado European Auctions, una sociedad que desarrollará subastas inmobiliarias privadas de forma periódica en Europa.
Los organizadores aseguran que, aunque se trata de un método de compra y venta de inmuebles totalmente desconocido en España, existen precedentes en Europa que avalan su solvencia, como es el caso del Reino Unido. En ese país funciona desde hace casi un siglo con una dimensión de mercado muy amplia. Por ejemplo, cada año se celebran una media de siete ventas de inmuebles residenciales de unos 200 lotes cada una.
Además, durante los últimos 20 años los tipos de propiedades que se incluyen en las subastas han crecido, ampliando su variedad. Hoy en día se puede encontrar cualquier inmueble en una puja: desde unos lavabos en un sótano a un gran centro comercial, o desde un pequeño apartamento a una mansión con valor histórico.


Guía del Nuevo Subastero

  • Las subastas privadas se celebrarán en sesión de mañana y tarde. Al principio del acto, el personal de la compañía dará a conocer el procedimiento y las normas de conducta que se requieren para el perfecto funcionamiento de la misma. Durante la subasta estará a disposición del público toda la información jurídica sobre la totalidad de los lotes para su comprobación. También estarán presentes los abogados de los vendedores, para responder a las dudas que se puedan plantear.
  • Los lotes saldrán a subasta cada cinco minutos aproximadamente. Una vez recibida la puja más alta, el subastador la repetirá tres veces y, si no hay una puja mayor, adjudicará el lote al mejor postor. Hay que recordar que los inmuebles que salgan a subasta tienen asignado un precio de reserva, por debajo del cual no será adjudicado.
  • Cuando una persona se adjudica un inmueble, tendrá que entregar en ese momento el 10% de la cantidad en que le haya sido adjudicado el lote, en concepto de señal de la escritura pública de compraventa que se celebrará en un plazo de 30 días. La empresa subastadora le entregará el Documento de Adjudicación y Entrega a Cuenta, un resguardo firmado por la persona adjudicataria y por la empresa en representación del vendedor.
  • Si una persona no puede asistir a una subasta en persona, tiene dos posibilidades: la puja telefónica, por la que a través de un documento de apoderamiento se autoriza a la empresa subastadora a pujar en su nombre siguiendo instrucciones telefónicas; y la puja directa, a través de un documento de apoderamiento que autoriza a la empresa a pujar en su nombre por los lotes y las cantidades indicadas en el apoderamiento.


    Datos útiles

    Fecha de la primera subasta privada: 20 de Junio
    Lugar: Hotel Meliá Castilla, en Madrid.
    Teléfonos de European Auction (información y adquisición del catálogo):
    (91) 572 75 72 - 83 / 902 36 30 36


    Consultorio de Vivienda e Hipotecas

    <<¿Cómo se aplica y afecta a la cuota del IRPF la actualización del valor catastral de las viviendas?>>

    Jaime García Lillo (Zaragoza)

    Respuesta.- La principal novedad legal es la utilización del valor catastral como referencia única para la valoración de los rendimientos que se imputan a los contribuyentes por la titularidad de inmuebles no arrendados. Este cambio tiene efectos desde el 1 de enero de 1995. Por lo tanto, hay que aplicar ya esa única referencia en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a presentar durante este mes de mayo y el próximo mes de junio.
    Con carácter general, los contribuyentes propietarios de un inmueble que no lo tengan alquilado deberán calcular el rendimiento de ese inmueble hallando el 2 por ciento de su valor catastral (y sólo de su valor catastral).
    Sin embargo, los propietarios de viviendas o inmuebles (plazas de garaje, locales, etcétera) cuyo valor catastral haya sido actualizado con posterioridad al 1 de enero de 1994, aplicarán el 1,1 por ciento de ese valor en lugar del 2 por ciento de carácter general.
    Con esta novedad, se pone fin a la importante discriminación que hasta ahora se producía en los casos, muy frecuentes, en que el valor de adquisición de un inmueble era muy superior al catastral.


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