SU DINERO


Número 75 / Domingo 27 de Abril de 1997

Hacienda Pone Nuevas Trabas a los Paraísos Fiscales
Canarias puede convertirse muy pronto en una zona de tributación privilegiada


Por María Irazusta y Antonio Lozano

«Nunca guardes toda tu riqueza en el país donde vives, porque es posible que suceda cualquier cosa, y usualmente sucede». Con estas palabras, Adam Smith anticipaba hace dos siglos la figura de los paraísos fiscales. De esta teoría económica parecen haber tomado buena nota empresas y particulares que prefieren que su dinero descanse en un remanso de paz fiscal. Al otro lado, se sitúan quienes en estos días preparan los deberes para acudir a su cita con Hacienda. Algunos de estos contribuyentes sueñan con un oasis donde estar a salvo de las garras del Fisco. Pero la Administración española no está dispuesta a dar facilidades a quienes están pensando en acudir a climas tributarios más cálidos. En el presente ejercicio fiscal, Hacienda pone en marcha un paquete de nuevas medidas que pretende cercar a los inversores de paraísos fiscales. De hecho, el grueso de la legislación anti-paraíso es relativamente reciente.

Conviene recordar que recurrir a un paraíso fiscal no significa necesariamente estar al margen de la ley. Fue en 1991 cuando desaparecieron las fronteras para el dinero, con la liberalización total del movimiento de capitales. La Administración española, como tantas otras, permite este tipo de práctica, aunque intenta poner freno a su desarrollo. Los paraísos fiscales son como los medicamentos. Con un tratamiento bien diagnosticado, estas recetas económicas proporcionan saludables ventajas tributarias. Pero un empleo incorrecto, o cualquier tipo de abuso, termina por provocar gravísimos trastornos con la Justicia. Los técnicos en la materia recurren a eufemismos de todo tipo para hablar del mismo concepto: «adecuada planificación de la fiscalidad internacional», «aprovechamiento eficaz de la pluralidad legislativa de la realidad global». Otra cosa bien distinta son las evasiones de capitales o los artilugios financieros de blanqueo de dinero, conceptos que de forma desprendida se hermanan con los refugios económicos.

A quién conviene.

Pero, ¿a quién interesa acudir a un paraíso fiscal? Algunos expertos aseguran que sólo a determinadas grandes empresas y a importantes patrimonios. Otros, más atrevidos, sostienen que una empresa que mueva un pequeño volumen de negocio, de entre 200 y 300 millones anuales, puede pensar en aprovechar las ventajas de un paraíso fiscal.
Emilio Amade
Los costes mínimos aproximados de esta aventura son de unos 2.400 dólares (348.000 pesetas). Es cuestión de hacer números. Aunque no hay que olvidar que Hacienda pone un especial cuidado en examinar a aquellos contribuyentes que están relacionados con estos paraísos. En caso de tomar esta opción, lo más importante es contar con un asesoramiento especializado. No todos los paraísos son iguales: cada uno tiene su encanto, aunque si usted activa algún mecanismo equivocado, pueden llegar a ser un infierno. Sin embargo, hay quien sale ganando, como el caso que sigue.

Al Caribe.

Bernardo Garcinarro, programador informático, es un hombre afortunado. Hace años heredó de un familiar mexicano algo más de 600.000 dólares (unos 87 millones de pesetas al cambio actual). Pero aquel dinero no viajó directamente al banco malagueño donde guarda sus ahorros. Con el beneplácito de los herederos, el ya desaparecido familiar mexicano constituyó una sociedad en Panamá (cuyas acciones al portador ocultan la identidad de sus propietarios), a cuyo nombre ingresó gran parte de su fortuna en una cuenta bancaria en ese mismo país. Allí, la sociedad cumple los requisitos legales y disfruta de la más benigna fiscalidad. Las acciones por valor de 84 millones, presumiblemente, están en posesión de Garcinarro, quien, de una forma aparentemente aséptica ha eludido los impuestos de sucesiones con los que se grava este tipo de rentas en España.

El cortijo en el que vive Garcinarro, en plena Costa del Sol, es propiedad de la sociedad panameña, que lo adquirió cumpliendo todos los trámites que demanda la legislación española, entre ellos la notificación para la inversión, la verificación previa en Transacciones Exteriores y la declaración de inversión, entre otras burocracias. Cada año, el informático se cuestiona siempre el mismo debate: ¿qué me interesa más, pagar el 3% del valor del bien catastral que exige el Fisco español o, por el contrario, librarme de este impuesto anual a cambio de descubrir la identidad de la citada sociedad? Garcinarro, por ahora, prefiere la primera opción. Lo cierto es que no hay país que se precie, europeo o americano, que no se ocupe de cultivar un terreno de su propiedad en el que se abone una fiscalidad atractiva. Los británicos usan las Islas del Canal y los americanos cuentan con Delawere. De lo que se trata no es tanto de reducir la presión fiscal de los residentes, sino de captar capital extranjero. Èsta parece ser una de las normas bien aprendidas por las economías avanzadas.

Zona Canaria.

Para no quedarse atrás, España prepara una zona de baja tributación, con el fin de encandilar al capital extranjero y no perder atractivo frente a otras plazas europeas. Se trata de la Zona Especial Canaria (ZEC), donde los beneficios de operaciones de empresas no residentes que se instalen allí estarán gravados sólo con el 1%, en vez del 35% que correspondería. Para que la propuesta llegue a ser efectiva necesita el visto bueno de Bruselas. Voces próximas a la negociación presumen que la aprobación europea, pese a las reticencias, está cerca. En el mejor de los casos, entraría en vigor en el último trimestre de este año. En el peor, a principios del próximo. El que la Administración intente cercar la salida de dinero hacia los paraísos fiscales y apueste por la creación de una zona propia de baja tributación podría parecer contradictorio. Pero no lo es. La política que establece mira hacia un mismo lado: recaudar más. Esto se traduce en que el Gobierno, por un lado, intenta frenar la salida de dinero español al exterior y, por otro, crea un lugar en el que el capital extranjero se sienta cómodo con una fiscalidad favorable. Sin embargo, Canarias no podría considerarse un paraíso fiscal tipo.

Las condiciones.

Conviene recordar qué se entiende por paraíso fiscal, cuyo concepto no se corresponde con el de «zonas de régimen de tributación privilegiado». El paraíso fiscal propiamente dicho tiene unas características muy concretas: la tributación de las rentas del capital extranjero es nula o muy reducida; se reconocen, a sí mismos, como paraísos fiscales y apenas tienen transparencia informativa. Según el Decreto-Ley 1080/1991 de 5 de julio, la Administración considera 48 países como paraísos fiscales . Es, como la llaman algunos, la 'lista negra' de Hacienda. Un estadio más abajo se encuentran «las zonas de régimen de tributación privilegiada», como es el caso de Madeira, Irlanda, Holanda, Luxemburgo y, en el futuro, Canarias. Por ejemplo, algunos profesionales liberales cobran a través de estos países parte de sus salarios con el fin de hacer menos pesada la carga de Hacienda. Los impulsores de estas últimas zonas se sienten más cómodos con la denominación de offshore (fuera de los límites), aunque la diferencia de nomenclatura no es exacta. No obstante, estas zonas tienen unas claras diferencias con los paraísos fiscales. Las principales son que establecen una duración limitada en el tiempo, sus operaciones son transparentes y ofrecen intercambio de información entre algunos países, entre los que se encuentra España.

El propósito de la batería de medidas del Gobierno que se refieren al Impuesto de Sociedades es el de intentar frenar la elusión o el diferimiento de impuestos. Los apartados más destacables son:

Junto a éstas, España estrena medidas sobre tributación de empresas holding, a semejanza de un buen número de países. Ahora, ciertos beneficios de una empresa holding (entidades de tenencia de valores extranjeras) están exentos de tributación. Antes, además de los impuestos que las empresas participadas deben pagar, también tributaba la cabecera.

Esto supone para muchas empresas extranjeras un gran aliciente a la hora de establecer una empresa holding en España. De hecho, los datos sobre la inversión española en los paraísos fiscales describieron, de enero a noviembre de 1996, una caída del 45,8% respecto al mismo periodo del año anterior, según la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Extranjeras. Esta notable reducción se debe, según los expertos, al clima público contrario a estos destinos, así como al ímpetu del Gobierno para desincentivar estas operaciones en los paraísos, con las medidas mencionadas. Fuentes de la Dirección General de Política Comercial aluden al mayor incremento registrado en las inversiones españolas hacia Latinoamérica, que acapara 40 de cada 100 pesetas invertidas por España en el exterior. Según la Agencia Tributaria, esta caída de las inversiones puede deberse a que las empresas prefieren destinos de tributación privilegiada, en vez de paraísos fiscales propiamente dichos. Entre los destinos preferidos por el capital español destacan las Islas Anglonormandas (Jersey y Guensey) y Panamá. No todos los países son iguales. Algunos, incluso, están especializados en determinadas empresas o capitales.

Remansos curiosos.

La variedad de paraísos es enorme. Hay lugares muy peculiares, como los que siguen:

Esta información ha sido elaborada con datos proporcionados por: Carlos Adeler, de Offshore Companies Ofcom; Margarita Madrigal, de Banca Personal del Banco Urquijo; Miguel Zurita, de Coopers &Lybrand; Agencia Tributaria y Santiago Gómez.


Sin Salir de Casa

Quienes utilizan los paraísos fiscales no necesitan trasladarse hasta allí. Internet es una de las más importantes vías de acceso para este tipo de operaciones. Los pasos que estas personas o empresas dan son los que siguen:

En cualquier caso, deberá tener en cuenta que estas operaciones están en el punto de mira de la Agencia Tributaria.


PARAISOS FISCALES EN EL MUNDO

America

Bermudas
Bahamas
Islas Turks y Caicos
Islas Caimán
Isla de Anguila
Dominica
Jamaica
Islas Vírgenes
Antigua
Montserrat
Antillas Holandesas y Aruba
San Vicente y Barbados
Santa Lucía
Granada
Panamá
Trinidad y Tobago
Islas Malvinas

Europa

Isla de Man
Guernsey
Luxemburgo
Jersey
Liechtenstein
Andorra
Mónaco
Gibraltar
San Marino
Malta
Chipre

Africa

Liberia
Seychelles
Mauricio

Asia

Líbano
Jordania
Bahrein
Emiratos Árabes y Omán
Hong Kong
Macao
Brunei
Singapur

Oceania

Islas Marianas
Nauru
Salomón
Vanuatu
Fidji
Islas Cook


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