El mundo laboral lleva tiempo reajustándose.
El trabajo <<a ratos>> es una de las alternativas
que las empresas aceptan de buen grado y los empleados
asumen con resignación. Las ETT (empresas de
trabajo temporal) pugnan por aumentar su cuota en un
mercado que crece en torno a un 130% anual. Su función
es la de casar oferta y demanda de empleo, siempre
que sea de forma temporal. El sistema que utilizan
es el siguiente: una empresa necesita cubrir un puesto
de trabajo, la ETT selecciona a la persona adecuada,
la contrata y la <<cede>> a la empresa
solicitante. Los beneficios que obtiene se desprenden
del margen que cobra a la compañía que
pide el servicio, nunca al empleado. El margen bruto
por operación ronda el 25%.
Inversión.
Si desea usted adentrarse en este sector como empresario,
su perfil profesional debe estar muy orientado hacia
el área comercial. Es una buena oportunidad
para directores de Recursos Humanos, directores de
Marketing, directores generales, profesionales que
estén familiarizados con la selección
de personal y expertos en el sector servicios.
La inversión estimada para un negocio que se
instale en un local de alrededor de 80/100 metros cuadrados
se sitúa entre los 4 y los 9 millones de pesetas
(puesta en marcha, equipamiento informático,
etcétera), cifra a la que habrá que sumar
un capital circulante de entre 5 y 20 millones de pesetas
(depende de las pretensiones del negocio). Esta última
partida tendrá como destino el pago de nóminas,
Seguridad Social... Esta cantidad la recuperará
con los pagos de sus clientes (las empresas). En resumen,
para arrancar su negocio deberá contar con un
capital inicial de entre 9 y 29 millones de pesetas.
Además, para constituir una ETT la Ley 14/1994
exige un aval por valor de 22.722.000 pesetas, (25
veces el salario mínimo interprofesional en
cómputo anual). No es preciso que posea esta
suma de dinero, aunque debe tener en cuenta que su
banco le cobrará alrededor de un 2% anual por
darle este aval (como es obvio, a su vez usted deberá
ofrecer garantías al banco). La Administración
exige esta garantía para que en caso de que
la ETT fracase exista un fondo que cubra el salario
de los empleados, así como las obligaciones
con la Seguridad Social. Además, para obtener
el permiso, la Ley exige que la empresa haya sido creada
previamente y que tenga una estructura organizativa
adecuada. Como para el resto de actividades, usted
tendrá que darse de alta en el Impuesto de
Actividades Económicas, etcétera. La
concesión de los permisos se otorga, según
corresponda, a través de la Dirección
General de Empleo o la Dirección Provincial
de Trabajo y Seguridad Social, o en el organismo autónomo
competente.
Si todo esto le parece demasiado complicado, también
existe la posibilidad de que entre a formar parte de
una franquicia en caso de que reúna las condiciones
que éstas imponen. Entre ellas se encuentran:
Alta Gestión, Trabatem y BCS, que le cobrarán
un canon de entrada y unos royalties. Antes de decidirse
por alguna de ellas no olvide averiguar su situación
financiera y tomar el pulso de la cadena preguntando
a otros franquiciados veteranos.
Los datos han sido proporcionados por las franquicias citadas y por Ecco Trabajo Temporal y Laborman.