SU DINERO

Número 46 / Domingo 6 de Octubre de 1996

Entre Niños Anda el Sueldo

Desde 17 millones de pesetas para montar una guardería

Más de la mitad de la inversión irá destinada a pagar las nóminas de sus empleados


Por Paloma Bravo

Desde que las mujeres empezaron a incorporarse al mercado laboral, los más pequeños de la casa han ido engrosando las listas de alumnos de escuelas infantiles, más conocidas como guarderías.
No hay duda de que a muchos padres les resulta difícil dejar a sus hijos en estos centros, aunque, para su tranquilidad, deben saber que todos ellos -públicos y privados- necesitan una autorización del Ministerio de Educación y Ciencia o de las consejerías de Educación de aquellas comunidades autónomas que tienen transferidas las competencias. Todas deben cumplir los estrictos requisitos que impone la legislación que regula este tipo de actividad.
Si le ronda la idea de montar un centro de educación infantil, ante todo deberá informarse detalladamente de la normativa, recogida en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, y en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones a centros docentes privados. De esta forma sabrá que la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) establece que los centros de educación infantil pueden ser de primer ciclo (para niños de 0 a 3 años), de segundo ciclo (de 3 a 6 años) o para ambos (niños de 0 a 6 años).

Local.
Si, de momento, únicamente quiere dedicarse a los más pequeños, tendrá que contar con un local al que se pueda acceder, de forma independiente, desde el exterior y que disponga de tres salas (una para cada edad) y una más para usos múltiples, que podrá utilizarla como comedor. Todo ello con una dimensión mínima de 120 metros cuadrados. Además ha de tener espacio suficiente para preparar las comidas, para aseos y lavabos, uno para los niños de 2 a 3 años y otro para el personal. Será conveniente que disponga de un espacio dedicado a patio de juegos, aunque éste sólo es obligatorio si su centro cuenta con nueve aulas. Según estimaciones realizadas por responsables de este sector, este local puede encontrarlo en alquiler por unas 350.000 pesetas mensuales, lo que anualmente le supondrá un desembolso de 4.200.000 pesetas. Aunque puede optar por la compra del inmueble, para lo que necesitará entre 35 y 40 millones de pesetas.
En un centro con estas características puede tener aproximadamente a 41 niños matriculados (ocho de 0 a 1 años, trece de 1 a 2 años y veinte de 2 a 3 años). Para su cuidado y educación, ha de contratar a tres técnicos especialistas en Jardín de Infancia, un maestro y una persona encargada de los servicios generales. Entre sueldos, pagas extraordinarias y cotizaciones a la Seguridad Social, el desembolso rondará los nueve millones de pesetas, algo más de la mitad de la inversión total.
A esto le deberá sumar alrededor de 160.000 pesetas para pagar el necesario Impuesto de Actividades Económicas y otros cuatro millones de pesetas más para sufragar los gastos de luz, agua, teléfono, calefacción, materia escolar, transporte, primas de seguros, reparaciones y conservación del centro y publicidad, entre otros.
Al final verá que todo le saldrá por unos 17.500.000 pesetas, aproximadamente, siempre que el local sea en alquiler. Si hace cuentas comprobará que los gastos quedarán sufragados si cada niño, de los 41 que se matriculen, paga 42.900 pesetas al mes, teniendo en cuenta que los meses lectivos son diez.

Pasos a seguir.
Lo primero que deberá buscar es un local que reúna o que pueda adaptarse a los requisitos establecidos legalmente. Luego tendrá que solicitar la autorización al Ministerio de Educación y Ciencia o a la consejería de Educación de la comunidad autónoma correspondiente, así como la licencia municipal. Por último, tendrá que darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.

Los datos que aparecen en esta información han sido aportados por el presidente de la Confederación Española de Centros de Educación Infantil, Juan Sánchez Muliterno.


Direcciones Utiles

  • Ministerio de Educación y Ciencia
    C/ Alcalá, 34. 28014 MADRID. Tf: 91/ 522 11 00

  • Gobierno Autónomo de Canarias
    C/ J. R. Hamilton, 14. 38071 SANTA CRUZ DE TENERIFE. Tf: 922/ 60 16 00

  • Junta de Andalucía
    C/ República Argentina, 21. 41071 SEVILLA. Tf: 95/ 455 84 00

  • Generalitat de Catalunya
    Avda. Diagonal, 682. 08034 BARCELONA. Tf: 93/ 280 17 17

  • Xunta de Galicia
    C/ San Caetano. SANTIAGO DE COMPOSTELA. 15071 LA CORUÑA. Tf: 981/ 54 54 00

  • Gobierno Autónomo del País Vasco
    C/ Duque de Wellington, 2. 01071 VITORIA (ALAVA). Tf: 945/ 18 80 00

  • Gobierno Autónomo de Navarra
    C/ Arcadio Mª Larraona, 1. 31071 PAMPLONA. Tf: 948/ 10 65 00

  • Comunidad Valenciana
    Avda. Campanas, 32. 46015 VALENCIA. Tf: 96/ 386 65 00

  • Confederación Española de Centros de Educación Infantil
    C/ Averroes, 3. 28007 MADRID. Tf: 91/ 501 87 54


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