GUIA INMOBILIARIA Y DEL HOGAR

EL MUNDO - Viernes, 20 de julio de 2001 - Número 215
ACTUALIDAD
Los notarios no podrán firmar hipotecas en las sedes bancarias  
 

La firma de escrituras públicas de compraventa de una casa, por ejemplo, en una oficina bancaria o en una caja de ahorros tiene los días contados. Por lo menos en Sevilla, después de la decisión adoptada por el Tribunal Supremo, en el que rechaza el recurso presentado por los bancos y ratifica un acuerdo del Colegio de Notarios de Sevilla que impide a sus colegiados firmar las hipotecas en las entidades crediticias.

De esta forma, la firma de escrituras deberán llevarse a cabo siempre en los despachos de los notarios elegidos por el consumidor, «que es quien debe y tiene el derecho de su designación», según el Consejo General del Notariado.

Medidas similares a la adoptada por los notarios de Sevilla están siendo estudiadas por los demás colegios, evitando así que el fedatario público sea designado por los bancos y cajas que conceden los préstamos hipotecarios.

Por su parte, el Colegio de Madrid ha acordado imponer una serie de mecanismos que permitan limitar el número de hipotecas otorgadas por un mismo profesional, «sometiendo, incluso, dichos mecanismos al análisis de Competencia, solicitando la apertura de un expediente para confirmar que también desde una perspectiva económica estos mecanismos son adecuados para potenciar el libre mercado y garantizar los derechos de los consumidores», afirma el Consejo General del Notariado.

«Otros colegios notariales, como los de Barcelona o Bilbao, también han adoptado medidas similares para garantizar los derechos de los consumidores frente a las presiones de los grandes operadores económicos», según la misma fuente.



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