Un suplemento de EL MUNDO  Un servicio de 
   
 DIRECTORIO   Viernes 28 de Febrero de 2003, número 289
Portada
Números Anteriores
 PUBLICIDAD
 SERVICIOS
Busca tu casa
¿Cuánto me costaría al mes?
¿Cuánto puedo pagar?
Elige tu hipoteca
Guía Fiscal
Gastos complementarios
Demo solicitud hipoteca on line
Euribor al Dia
Guía Práctica inmobiliaria
 OTROS SUPLEMENTOS
Magazine
Crónica
El Cultural
Su Vivienda
Nueva Economia
Motor
Viajes
Salud
Ariadna
La Luna
Aula
Campus
 OTROS MUNDOS
elmundo.es
elmundodinero
elmundolibro
elmundoviajes
elmundodeporte
elmundosalud
elmundovino
medscape
elmundomotor
Emisión Digital
Metrópoli
Expansión&Empleo
Navegante
mundofree
elmundo personal
juegos: level51
elmundomóvil
 
EL ASESOR
EL MUNDO pone a su disposición un consultorio para resolver gratuitamente todas sus dudas inmobiliarias. Puede enviar sus preguntas por carta a la calle de Pradillo, 42, 28002 - Madrid, o por e-mail, a la dirección suvivienda@el-mundo.es. En ningún caso se atenderán consultas telefónicas. Los textos deberán ir acompañados, ineludiblemente, del nombre, dirección, teléfono y Documento Nacional de Identidad –DNI– de la persona que formula la pregunta. El Asesor de SU VIVIENDA responderá a todos los lectores que utilicen este servicio de consultas legales y jurídicas mediante correo ordinario en sus domicilios. EL MUNDO se reserva el derecho de publicar las preguntas y las respuestas en el suplemento SU VIVIENDA.


IVA. En enero compré una vivienda en construcción, y se le ha aplicado el 7 % de IVA. La promotora me ha comentado que si quiero comprar una plaza de garaje en el mismo edificio tendría que pagar el 16%, porque dice que no aparece en contrato privado con la misma fecha. La casa y los garajes no se entregan hasta el año 2005 y tenía entendido que mientras que las dos cosas estuvieran a disposición del comprador en la misma fecha se podía comprar el garaje al 7%. ¿Qué IVA se le aplica?
E. P. M.
Linares (Jaén)




La Ley del IVA establece que cuando se vendan una vivienda con su plaza de garaje, se aplicará el tipo del 7%, pero cuando se transmita separadamente la plaza de garaje, a esta transmisión se aplicará el tipo general del 16%.

Si bien la transmisión de propiedad se llevará a cabo cuando se otorgue la escritura de compraventa, en la cual es posible incluir tanto la compraventa de la vivienda como la plaza de garaje, como la venta de ésta se realizará con posterioridad, y el impuesto hay que irlo pagando a medida que se cobran los plazos de los contratos, a reserva de regularizarlo al escriturar, la promotora habrá declarado e ingresado en Hacienda las cantidades correspondientes a los dos tipos del 7% y 16% devengados sobre las cantidades pagadas por usted con arreglo a los dos contratos celebrados por lo que se puede aplicar el tipo del 7% a la venta de la plaza de garaje.





CAMBIO DE PROYECTOS. Hace seis meses me entregaron una casa VPO de nueva construcción. Según el proyecto básico presentado por la promotora y visado en la Dirección General de la Vivienda en el momento de la firma del contrato de compraventa, se especificaba que todas las viviendas disponían de calefacción de gas. Finalmente, nos han entregado un termo acumulador y radiadores eléctricos. ¿Puede la promotora cambiar los proyectos una vez firmados los contratos? ¿Cuáles son los plazos para poder reclamar y los pasos a seguir?
Francisco Márquez Córdoba.
Maliaño (Cantabria)




El Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, establece en su artículo 154, b), que se reputará como infracción grave la ejecución de obras sin la previa autorización, que modifiquen el proyecto aprobado, aún en el caso de que dicha modificación se ajuste a las ordenanzas técnicas y normas constructivas que sean aplicables.

Puede presentar una denuncia ante la Consejería de Urbanismo correspondiente, con el fin de que se inste procedimiento administrativo sancionador frente a la promotora y, desde un punto de vista civil, si usted suscribió el contrato privado de compraventa sobre la base del proyecto existente, la modificación de las calidades, sin su autorización, supone un incumplimiento del contrato, cuya reclamación puede efectuar por la vía civil.





DOCUMENTACIÓN. Hemos comprado un apartamento en la playa y solicitamos a la constructora los planos de la vivienda: fontanería, electricidad y arquitectura, pero no nos los ha proporcionado. ¿Es esto normal?
Pilar Gil Sanz.
Madrid




Según el Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, a la firma del contrato de compraventa, todo comprador tiene derecho a recibir del vendedor copia del plano general del emplazamiento de la casa y plano de la misma, así como disposición y trazado de las redes eléctricas, agua, gas, calefacción y garantías de las mismas y de las medidas de seguridad contra incendio con que cuenta el inmueble, además de copia de los estatutos de la comunidad de propietarios.

Si su licencia de construcción fue solicitada después del 6 de mayo de 2000, tendrá el constructor obligación de entregar copia del proyecto de construcción, acta de recepción, relación de los intervinientes en el proceso constructivo, instrucciones de mantenimiento y uso del edificio y sus instalaciones, documentos que deberá conservar el presidente de la comunidad de propietarios.

Como el constructor no se los ha entregado, debe reclamarlos por carta certificada con acuse de recibo, enviada por burofax, con certificación de texto, y si no obtiene respuesta, podrá formular denuncia ante la Oficina de Consumo de su Comunidad.



 
  © Mundinteractivos, S.A. - Política de privacidad
 
  C/ Pradillo, 42. 28002 Madrid. ESPAÑA
Tfno.: (34) 915864800 Fax: (34) 915864848
E-mail: suvivienda@elmundo.es