GUIA INMOBILIARIA Y DEL HOGAR

EL MUNDO - Viernes, 13 de julio de 2001 - Número 214
ACTUALIDAD
Vía libre a los rascacielos en las ciudades
La ley elimina el tope máximo a la edificabilidad existente hasta ahora
 
 

La nueva Ley del Suelo de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) regula el uso y la clasificación del territorio de la región por medio de más de 200 artículos. Pero también con otros artículos que no ha incluido.

Así, la norma, por ejemplo, ha eliminado el tope máximo a la edificabilidad en la Comunidad Autónoma, que hasta la fecha estaba fijado por la norma precedente en 75 viviendas por hectárea.

La medida –según los grupos de la oposición del parlamento regional– permitirá en el futuro la construcción de hipotéticos rascacielos en las ciudades, entre ellos, los que están previstos en el norte de la capital, en los terrenos de la llamada «Operación Chamartín», en lo que será el eje de prolongación del paseo de la Castellana sobre los antiguos terrenos de las vías del ferrocarril.

Asimismo, durante su tramitación en la Cámara Regional y los trabajos de la ponencia parlamentaria, la Ley del Suelo ha modificado algunos de sus artículos y ha suprimido otros.

Entre ellos, un día antes de su aprobación definitiva en la Asamblea, el artículo 29.c, que permitía la edificación de viviendas aisladas en zonas protegidas, cuando los dueños de los terrenos poseyeran más de 30 hectáreas de suelo en los mismos. La eliminación del artículo se convirtió en uno de los aspectos más tensos en las negociaciones entre el Gobierno regional y los grupos de la oposición.

También se suprimieron del texto final las llamadas «entidades certificantes homologadas», recogidas en el anteproyecto de ley como un medio para tramitar y agilizar las licencias municipales y que los ayuntamientos de las localidades de la región denunciaron como un intento de suplantar sus competencias.

Algunos artículos que finalmente han sido aprobados fueron discutidos por las fuerzas políticas durante todo el proceso parlamentario, sin que al final se llegara a ningún acuerdo. Uno de ellos fue el que fijó la cantidad de dinero que la Comunidad de Madrid debía invertir cada año en la compra de suelo.

Patrimonio regional
Según la norma aprobada, la Comunidad de Madrid destinará un 0,5% de su presupuesto anual a adquirir patrimonio regional, una cifra que supondrá una inversión anual de entre 7.500 y 10.000 millones de pesetas.

Durante todo el proceso, el Partido Socialista defendió una inversión global del 2% del presupuesto anual, que el Gobierno autónomo rechazó: la medida, según el consejero de Obras Públicas del Gobierno Regional, habría convertido a la Comunidad en el mayor latifundista de la región.

La Ley del Suelo se estructura en siete Títulos, más Disposiciones Adicional, Transitorias, Derogatorias y Finales. El texto se presenta como un marco jurídico que afirma haber recogido los mecanismos «más adecuados» para el desarrollo urbano del territorio de la región, buscando su perdurabilidad en el tiempo.


Estatal y autonómica

Según el Estatuto de Autonomía de 1983, la Comunidad de Madrid tiene competencia plena y exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda en la región.

El resto de las Comunidades Autónomas del país, según sus propios estatutos y el articulado de la propia Carta Magna española (ratificado por una sentencia del Tribunal Constitucional), son competentes, igualmente, a la hora de redactar sus propias Leyes del Suelo.

Así, las competencias de urbanismo del Gobierno central se reducen al establecimiento de normas generales para el conjunto del Estado, que posteriormente son condicionadas al desarrollo legislativo de cada Comunidad.

La Comunidad Autónoma de Madrid inauguró su potestad legislativa en materia de urbanismo con la Ley de Medidas de Disciplina Urbanística de 1984 y la continuó con la Ley de Ordenación Territorial (del mismo 1984), la Ley 8/1985 (que dejaba sin aplicación las Delimitaciones de Suelo Urbano reguladas por decreto ley en 1981), la Ley 9/1985 (especial para el tratamiento de actuaciones urbanísticas ilegales), la Ley de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de 1995 y, por último, antes de la norma aprobada la semana pasada, con la Ley de Medidas Urgentes en Materia de Suelo y Urbanismo del año 1997.

La Ley del Suelo estatal vigente en la actualidad fue aprobada por la Cámara Baja de la nación en 1998. Fomento está preparando ya un nuevo documento, que se encuentra en trámite parlamentario.

La nueva ley del suelo al detalle



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