GUIA INMOBILIARIA Y DEL HOGAR

EL MUNDO - Viernes 11 de enero de 2002 - Número 235
ACTUALIDAD


El Impuesto de AJD sufre modificaciones
El gravamen de actos jurídicos documentados (AJD) se dobla para las casas de más de 180.304 euros en la Comunidad de Madrid

 
  ÁUREA FELIPE

La nueva Ley de Medidas Fiscales y Administrativas aprobada por el Parlamento de la Comunidad Autónoma de Madrid, en vigor desde el 1 de enero, ha introducido cambios en algunos de los impuestos que gravan las transacciones de los inmuebles, entre ellos, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). La modificación más sustanciosa se producirá en aquellas operaciones de compra-venta de inmuebles con un valor superior a 180.304 euros, ya que en estos casos dicho impuesto se ha doblado, pasando del 0,5% al 1%.

Antes de esta modificación, el AJD en la Comunidad de Madrid (CAM) suponía un 0,5% para todos los casos, cualquiera que fuese el precio del inmueble. Con la nueva ley en vigor, aparte de la subida de 0,5% para los de más de 180.304 euros, se ha producido una rebaja para las casas más baratas.

Así, las que tengan un importe inferior a 120.202 euros, a la hora de pagar este impuesto la cuantía será de un 0,4% del precio de la vivienda –un 0,1% más barato–. Los inmuebles con un valor entre 120.202 euros y 180.304 euros, por su parte, no verán modificado el porcentaje impositivo, ya que continuará siendo de 0,5%.

Según la Consejería de Hacienda de la CAM, la subida del 0,5% afectará a un tercio de las operaciones totales. Las modificaciones citadas sólo afectan a la Comunidad de Madrid, ya que se trata de un impuesto cedido a las autonomías.

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es una de las modalidades del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que afecta a las operaciones entre particulares. El de Transmisiones Patrimoniales grava la operación de transmisión –es decir, la venta de cualquier cosa– entre particulares. En el caso de la vivienda, se aplicará, así, únicamente en la venta de vivienda usada.

A qué se aplica

Por su parte, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados grava la documentación de todas aquellas operaciones que tengan un objeto valuable, inscribible en un registro público, algo que se da siempre en el caso de los inmuebles.

Asimismo, es necesario que esa cosa valuable no resulte gravada en otra modalidad del impuesto, lo que significa que el AJD es incompatible con el de Transmisiones Patrimoniales, no así con el IVA.

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados se aplica siempre que un promotor vende una vivienda de nueva construcción. En este caso, si la casa cuesta, por ejemplo, 210.354 euros, el comprador deberá pagar en la escritura de compra-venta un 7% del valor en concepto de IVA –14.725 euros– y un 1% de 210.354 euros de AJD –2.103 euros–.

En este ejemplo, la subida del 0,5% del AJD, que se aplica desde enero en la CAM para las casas de más de 180.303 euros, le supone al comprador 1.051 euros más, ya que es a él a quien le corresponde pagarlo.

Pero la subida del impuesto puede repercutir aún más en el bolsillo del comprador. Si éste decide pedir un crédito hipotecario, la escritura del préstamo vuelve a estar gravada por el AJD, eso sí, sólo en la apertura. Siguiendo con el ejemplo anterior, si el préstamo es para los 210.354 euros que cuesta la casa, y el banco lo fija finalmente en 252.425 (incluyendo la garantía bancaria), supone que el comprador debe pagar 2.524 euros (el 1%), o sea, 1.262 euros más que si la operación se hubiera realizado antes del 1 de enero de este año.


 GRÁFICO: Impuesto de actos jurídicos documentados (AJD)



SU VIVIENDA es un suplemento de