Resumen de noticias


1993: MARIO CONDE

DICCIONARIO DE LA CONSTITUCION : IGUALDAD ANTE LA LEY

La representación del pueblo

MANUEL ARAGON REYES

Las Cortes Generales, que es como se llama nuestro Parlamento, representan al pueblo español, según reconoce el artículo 66 de la Constitución, y están compuestas por el Congreso de los Diputados, que tiene 350 miembros, y el Senado, que tiene 257 miembros. Ambas Cámaras se eligen cada cuatro años por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. La primera por un sistema electoral de tipo proporcional corregido (que prima a los partidos más votados), a través de listas cerradas y bloqueadas. La segunda por un sistema mayoritario corregido (que protege a la minoría). Las circunscripciones electorales, para ambas Cámaras, son las provincias. En el Senado se integran también senadores elegidos por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, pero su número sólo supone algo menos de la cuarta parte del total de los senadores.

Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban los Presupuestos, controlan al Gobierno y realizan otras funciones, entre ellas la autorización de los tratados internacionales más importantes y la designación de los titulares de determinados órganos del Estado (ocho de los doce miembros del Tribunal Constitucional, todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial, el Defensor del Pueblo, los miembros del Tribunal de Cuentas). Ahora bien, las dos Cámaras no tienen igualdad de competencias, ya que existe un claro predominio del Congreso sobre el Senado.

Así, tanto la elección de presidente del Gobierno, como la votación de una cuestión de confianza o de una moción de censura, sólo corresponden al Congreso. También corresponde sólo a él la intervención sobre la declaración de los estados de excepción y sitio, la convocatoria de referendos nacionales, la convalidación o derogación de los Decretos-leyes, así como el nombramiento parlamentario de cinco de los trece vocales de la Junta Electoral Central. En el procedimiento de elaboración y aprobación de las leyes, que sí es bicameral, el Congreso tiene, no obstante, la última palabra. Se trata, pues, de lo que suele designarse como un &laqno;bicameralismo imperfecto».

La vida interna de las Cámaras está vertebrada a través de los grupos parlamentarios, que suelen agrupar a los diputados o senadores de cada partido. Hoy el Parlamento (y nuestras Cortes Generales no pueden ser una excepción) es, necesariamente, un Parlamento de partidos, puesto que la democracia también descansa en ellos. Ahora bien, uno de los problemas de la democracia del presente radica en el deterioro de la legitimidad que se está produciendo por la excesiva separación entre representantes y representados, esto es, entre el Parlamento y la sociedad, y en el fondo, entre los partidos y los ciudadanos.

Aunque la función legislativa (incluyendo la de aprobación de los Presupuestos del Estado) es la más fundamental del Parlamento, la función de control del Gobierno es, sin embargo, la de mayor efectividad, porque dada la correlación entre el Gobierno y la mayoría parlamentaria, al final la ley será lo que el Gobierno haya decidido que sea. En cambio, la función de control parlamentario, entendida, en sentido amplio, como la actividad de crítica con publicidad realizada en la Cámara, tiene no sólo a la mayoría, sino especialmente a las minorías, esto es, a la oposición, como genuino protagonista. De ahí que aparte de manifestarse a través de los instrumentos propios del control, esa actividad impregne la totalidad de los procedimientos parlamentarios (incluido el legislativo). Hoy, por no haberse garantizado plenamente a las minorías y a los parlamentarios individuales los derechos de control, esta actividad, tan consustancial al Parlamento, está experimentando una fuerte atonía, con riesgo indudable para el sistema, ya que en una democracia los controles judiciales no pueden sustituir enteramente a los controles políticos.

De ahí la necesidad de acometer determinadas reformas en los reglamentos de las Cámaras, en la regulación de la organización y financiación de los partidos y en los sistemas electorales para cerrar la amplia brecha que separa hoy a los representantes de los representados, para dotar de mayor agilidad y eficacia al control parlamentario y hacer del Parlamento, en suma, la pieza nuclear del sistema político. Porque, sin lugar a dudas, en él reside el mejor instrumento de legitimación de la democracia constitucional, ya que es la institución del Estado que mejor representa a la totalidad de la sociedad porque en ella se refleja, mejor dicho, está &laqno;presente» el pluralismo político del pueblo.

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