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LEY ORGANICA UNIVERSITARIA

 

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Nuevas competencias

La nueva Ley "diseña un mayor autogobierno (mediante nuevas competencias) a las Universidades y supone un incremento del compromiso de las Comunidades Autónomas".

"Las Universidades tendrán, además de las competencias actuales, otras relacionadas con la contratación de profesorado, el reingreso en el servicio activo de profesores, la creación de centros y estructuras de enseñanza a distancia, el establecimiento de los procedimientos para la admisión de sus estudiantes (que han de tener primero el título de Bachiller), la constitución de fundaciones (...) y la colaboración con otras entidades par la movilidad de su personal."

El Gobierno se reserva el derecho de "modificar la estructura" y los contenidos de los estudios universitarios, sin tener que cambiar la Ley, en función de posibles adaptaciones futuras a la enseñanza superior europea. Los planes de estudio serán evaluados tras un periodo inicial de implantación antes de obtener su homologación definitiva". También "podrá establecer límites máximos de admisión de estudiantes en los estudios de que se trate".

"A las competencias de las Comunidades Autónomas se añaden, entre otras, la regulación del régimen jurídico y retributivo del profesorado contratado, la capacidad para establecer retribuciones adicionales para el profesorado, la aprobación de programas de financiación plurianual conducentes a contratos programa y la evaluación de la calidad de las Universidades."

Para garantizar la calidad de las Universidades, la Ley introduce un nuevo órgano de control: la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. Trabajará para "mejorar la calidad de la docencia y la investigación a través de un nuevo sistema objetivo y transparente que garantice el mérito y la capacidad en la selección y el acceso del profesorado." La Agencia "evaluará tanto las enseñanzas como la actividad investigadora, docente y de gestión, así como los programas y servicios de las universidades.

Otro de los objetivos de la ley es "impulsar la movilidad de estudiantes, profesores e investigadores dentro del sistema español, del europeo y del internacional". Dicha movilidad se consigue a través del "distrito universitario abierto" y favorece la competencia entre los centros "con positivos efectos en la mejora de la calidad global del sistema".

En cuanto a las Universidades privadas, la Ley pretende "introducir" para ellas "las exigencias ya requeridas a las Universidades públicas, teniendo en cuenta que ambas persiguen unos mismos objetivos y se implican en la mejora de la calidad del sistema en su conjunto."

CRITICAS A LA LEY